El municipio de Darwin ratifica su postura y no sacará los radares

El intendente Mansilla envió una carta documento a la defensora del Pueblo, quien afirmó días atrás que las multas por operativos en la Ruta 22 no tienen validez.

El intendente de Darwin, Víctor Hugo Mansilla, ratificó la postura que había fijado semanas atrás ante el Ministerio de Seguridad y ahora envió una carta documento a la Defensoría del Pueblo de la provincia, para informar que los radares ubicados a la vera de la Ruta 22 -a la altura de la localidad- no serán retirados.

El mandatario volvió a afirmar que la Ley Provincial 5263 y su modificatoria 5379 no son de aplicación en ese punto del Valle Medio, porque el municipio no adhirió a las mismas y además, en ejercicio de la independencia y autonomía prevista para los municipios en la Ley 2253, el Concejo Deliberante local dictó sus propias normas para legislar sobre el control del tránsito.

La polémica había comenzado semanas atrás, cuando el secretario de Seguridad Vial de la provincia, Marcelino Di Gregorio, afirmó que los radares que controlan la velocidad en Darwin y en otros puntos de la provincia no contaban con autorización para funcionar.

La semana pasada se sumó un comunicado de la Defensoría del Pueblo de Río Negro, insistiendo en que los dispositivos de control de velocidad instalados sobre la Ruta 22 en Darwin, Chimpay y el que se encuentra en la Ruta 3, en cercanías de Sierra Grande, no están habilitados y en consecuencia, las multas que generan no deben ser pagadas por los conductores.

Mansilla intimó a la defensora, Adriana Santagati, a retractarse y negó cualquier ánimo recaudatorio en la decisión de colocar el radar.

“Mi deber como funcionario público es velar por la seguridad y la integridad física de los habitantes de la localidad”, destacó el intendente, agregando que “desde que se efectivizó el control de velocidad y mientras funcionan los operativos el índice de siniestralidad bajó a cero y los peatones pueden transitar a la vera de la ruta o cruzarla sin ser arrollados como animales, prevaleciendo la vida sobre la muerte”.

El dirigente de Juntos por el Cambio argumentó que los cinemómetros cuentan con los requisitos exigidos por las leyes nacionales y recordó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 1672/98, en el que se dispuso que “es autoridad de aplicación y comprobación en su respectiva jurisdicción, la municipalidad que hubiese adherido a la Ley Nacional de Tránsito y como tal, en virtud del poder de policía, ejerce el pleno control del tránsito y de su velocidad sobre una ruta nacional que atraviesa su ejido municipal, haciéndolo bajo el procedimiento establecido en su código de tránsito vigente en el municipio”.

En ese sentido, Mansilla destacó que Darwin está adherido a la Ley Nacional de Tránsito, que tiene sus propias normas locales de control de velocidad y que por eso, la normativa provincial no tiene alcance en la localidad.


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