El TSJ de Neuquén aún no intervino en la causa por abuso que provocó un escándalo

Hubo una audiencia que fue un bochorno, con insultos del juez al fiscal y a la defensora del Niño. Los informes escritos y pedidos de sanción no se resolvieron. El grave antecedente de 2008.

El Tribunal Superior de Justicia conoce desde hace casi un mes el escándalo que rodea una causa por abuso sexual en perjuicio de dos niñas, que derivó en insultos del juez Diego Piedrabuena al fiscal Andrés Azar y a la defensora de los Derechos del Niño, la Niña y el Adolescente, Andrea Rapazzo. Sin embargo, ni siquiera inició un informe sumario para determinar responsabilidades. Mientras tanto el imputado está libre, y las víctimas esperan una respuesta desde que se animaron a denunciar, en enero del año pasado.

El bochorno fue publicado por Río Negro el pasado martes 3. La discusión entre el juez, la defensora particular del imputado, el fiscal y la defensora del Niño que actúa como querellante es por los plazos: según los dos primeros, están vencidos; la parte acusadora dice que están vigentes.

Más abajo se cuenta un grave antecedente de 2008, que derivó en la creación de la figura del querellante institucional.

Vamos al caso actual. En diciembre del 2019, el juez Piedrabuena dictó el sobreseimiento del imputado porque, según su criterio, al fiscal Azar y a la defensora Rapazzo se les venció el plazo para pedir la audiencia de control de acusación.

Eso se considera “falta grave”, y Piedrabuena avisó al TSJ para que evalúe si corresponde hacerles un jurado de enjuiciamiento. La notificación llegó a mediados de febrero, justo para el cambio de presidencia.

En una audiencia posterior ante el Tribunal de Impugnación, Azar dijo que esa resolución de Piedrabuena es “truhán, maliciosa” y la atribuyó a “una cuestión personal conmigo”. Contraatacó, pidiendo que investiguen al juez.

Dio sus razones por las cuales consideraba que los plazos no estaban vencidos; por momentos fue confuso y hasta desprolijo, e introdujo un término nuevo: “desenfirmar” (dijo: “desenfirmé la actuación”).

El Tribunal de Impugnación evitó meterse en la discusión y encontró otra salida: descubrió que a lo largo de todo intrincado proceso, nunca se citó a declarar a la madre de las víctimas. Eso provoca una nulidad insalvable, dijeron Mario Rodríguez Gómez, Liliana Deiub y Florencia Martini.

En la siguiente audiencia, los actores volvieron a verse las caras. Azar y Rapazzo recusaron a Piedrabuena por haber prejuzgado y se produjeron los insultos cruzados sobre los que informó Río Negro: el juez trató de “pelotudo de mierda” al fiscal y de “burra” a la defensora. Todo delante de dos defensores particulares, Gustavo Lucero y Daniela Ossa.

El defensor general, Ricardo Cancela, le pidió un informe escrito a Rapazzo, y lo mismo hizo el fiscal general José Gerez con Azar. El primero de esos textos ya está en el despacho del presidente del TSJ, Oscar Massei, y se supone que mañana recibirá el segundo.

De todos modos el escándalo se veía venir desde hacía tiempo, y el Tribunal suele operar en silencio, esperar a que el tema desaparezca de los medios para que cuando ya nadie lo recuerda, archivar el sumario.

Las víctimas tienen 11 y 5 años, son hijas del imputado. La denuncia la presentó su madre en enero de 2019. El imputado estuvo brevemente con prisión preventiva, luego pasó a domiciliaria.

En Cámara Gesel una de las niñas acusó al hombre por los abusos de manera directa; la otra es la más afectada y recién en octubre del año pasado un especialista que le brinda asistencia dictaminó que está en condiciones de declarar.

Los plazos, 12 años después

En el año 2008, una cámara criminal de Neuquén condenó a sólo 4 años de prisión a un hombre que violó y embarazó a una niña de 12. El bebé nació.

El argumento de esos jueces para aplicar tan leve pena fue que a pesar del embarazo de la víctima, la parte acusadora no había demostrado la penetración, con lo cual la condena podría haber sido a 11 años. Se había tratado, dijeron, de un coito interfémora. Citaron bibliografía de oficio, porque ni la defensa había imaginado un argumento así. Eran épocas del código procesal mixto, cuando los jueces tenían aún más poder que ahora y el secretismo era todavía mayor en el palacio judicial. Se hablaba poco de feminismo y de ILE.

Dos fiscales intervinieron en ese caso, una mujer y un varón, y a los dos se les vencieron los plazos para apelar, de modo que ese fallo ignominioso quedó firme. La fiscal ya falleció, el otro -Rómulo Patti- sigue en actividad. En aquel momento dijo que para saber si la niña había sido penetrada o no, se tendría que haber hecho una pericia durante la instrucción. A él le tocó intervenir en el juicio, el parto ya había ocurrido y nada pudo hacer.

El Tribunal Superior de Justicia, nunca rápido ante los escándalos, hizo un sumario que archivó tres años después sin declarar responsables. Uno de los tres firmantes –Oscar Massei- aún está en actividad y este año preside el TSJ.

El aparato estatal reaccionó a su manera: ya que dos fiscales parecen insuficientes para controlar un vencimiento de plazos, se dispuso por ley que la defensoría de los derechos del Niño, la Niña y el Adolescente sea querellante en las causas de abuso. Para, entre otras tareas, ayudar a los fiscales a que no se les venzan los plazos.

El debate por los plazos vuelve, 12 años después. Un Código Procesal nuevo no alcanza para cambiar ciertas culturas. Las víctimas asisten a una discusión de artículos intercalada por insultos y problemas personales.
De otros, porque de los de ellas parece no ocuparse nadie.

.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios