El TSJ no intervendrá en el pago fuera de plazo a los docentes de Neuquén

Se declará incompetente, tal como lo propuso el fiscal general. La decisión ya estaría tomada. El gremio pide un ajuste en el cronograma salarial.

El Tribunal Superior de Justicia se declarará incompetente en el conflicto entre el gremio docente ATEN y el gobierno de Neuquén por el atraso en el pago de los sueldos, según trascendió esta mañana. Los vocales ya tendrían acordado seguir los lineamientos definidos en su dictamen por el fiscal general José Gerez, quien estableció que el organismo puede intervenir en caso de una apelación, pero no con competencia originaria.

El 4 de agosto pasado, ATEN solicitó al TSJ el dictado de una medida autosatisfactiva por medio de la cual se ordene al Consejo Provincial de Educación que «abone en tiempo y forma los salarios de los empleados públicos dependientes de ese ente; es decir, dentro de los cuatro primeros días del mes siguiente al devengado».

El gremio expuso en su presentación que «desde hace unos meses el CPE y la Provincia de Neuquén abonan los salarios de sus trabajadores/as mediante un cronograma de pagos que incumple con la normativa vigente».

Puso como ejemplo que «los salarios del mes de julio de 2020 de los
trabajadores del CPE se informó que serían abonados entre los días 12
y 13 de agosto, según la terminación par e impar del DNI de cada
trabajador y cada trabajadora».

Hoy el secretario general del gremio, Marcelo Guagliardo, tuiteó que esa presentación judicial seguía sin respuesta, a casi un mes de presentada.

Según pudo averiguar Río Negro, el fiscal general José Gerez dictaminó el 8 de agosto pasado que el Tribunal Superior de Justicia debía declararse incompetente.


Los fundamentos


«La competencia para actuar en los presentes no corresponde al Tribunal Superior de Justicia en jurisdicción originaria y exclusiva», dijo el fiscal.

Añadió: «El caso de autos no se corresponde con ninguno de los supuestos taxativos por los que el Constituyente le otorgó competencia originaria y exclusiva, sino que ATEN solicita una medida autosatisfactiva competencia de la primera instancia y en la que el TSJ sólo puede entender en última instancia recursiva, conforme el artículo 242 de la Constitución Provincial».

El carácter de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén «no lo instituye de competente para todas las causas, como pretende ATEN; sólo le corresponde entender en aquellas en las que el constituyente le ha conferido jurisdicción y competencia y en la forma determinada por la Carta Magna Provincial y las leyes que en función de ellas se dicten».

En consecuencia, concluyó Gerez, «soy de la opinión que el Tribunal resulta incompetente en estas actuaciones».

En línea con este razonamiento, los vocales se declararán incompetentes y rechazarán el escrito del gremio docente, trascendió.


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