“En nombre de Marita Verón”

Todas las profesiones están generalmente subordinadas a ciertas reglas técnicas e institucionales, normalizadas en un marco de buenas prácticas, normas y leyes englobadas en la moral, la deontología singular de la especialidad y, sobre todo, la ética, que exige un acto consciente en la determinación del juicio entre lo que está bien y lo que está mal. Los jueces no escapan a estas premisas. En nuestro caso se trata de un dictamen objetivo de las imposiciones de la ley penal; ésta exige o no una pena por el delito… si éste se confirma. Para llegar a esto los jueces se basan en una carpeta compuesta por peritajes de todo tipo, la declaración de diversos testigos, pruebas materiales, la historia del recorrido de los hechos, simulaciones y pruebas científicas en el ámbito criminal, la ayuda de la psicología jurídica y forense, etcétera, para decir que las decisiones de los jueces se basan en un soporte objetivo y subjetivo en función del arsenal de datos almacenados, estudiados y presentados en las diversas audiencias y bien seguro en el margen de la ley. Resta la metabolización del conjunto y el desenlace final, que nos va a dictaminar el fallo. Si bien lo subjetivo puede intervenir, lo que prima es la objetividad en función de las pruebas: culpable o inocente, sistema binario que puede dejar una pesadumbre de injusticia como en el caso de Marita Verón. Se puede decir que los jueces se equivocan y se han disparado muchos calificativos sobre ellos, pero ¿cuál es la realidad? La ausencia de Marita. ¿Qué ocurrió, dónde está? Ella es la verdadera víctima. Es el eterno problema con inculpados que pueden vivir al margen de la ley, que pueden tener un cierto pasado delictivo y donde ciertos testigos los acusan. Se puede estar frente al más feroz criminal, pero no significa siempre que éste sea culpable de un crimen en particular. ¿Se lo puede acusar de un nuevo crimen donde las pruebas no sean determinantes porque es criminal? No soy juez, pero pienso que es una decisión que sólo se puede basar en pruebas concretas y motivaciones del inculpado en el momento del acto. Por respeto a Marita, ¿la Justicia ha actuado como se debe? Pregunta ingenua pero que nos deja a todos con un dolor insoportable y a Marita lejos de ella y de sus seres queridos. Osvaldo Corsino DNI 7.688.604 Neuquén

Osvaldo Corsino DNI 7.688.604 Neuquén


Todas las profesiones están generalmente subordinadas a ciertas reglas técnicas e institucionales, normalizadas en un marco de buenas prácticas, normas y leyes englobadas en la moral, la deontología singular de la especialidad y, sobre todo, la ética, que exige un acto consciente en la determinación del juicio entre lo que está bien y lo que está mal. Los jueces no escapan a estas premisas. En nuestro caso se trata de un dictamen objetivo de las imposiciones de la ley penal; ésta exige o no una pena por el delito... si éste se confirma. Para llegar a esto los jueces se basan en una carpeta compuesta por peritajes de todo tipo, la declaración de diversos testigos, pruebas materiales, la historia del recorrido de los hechos, simulaciones y pruebas científicas en el ámbito criminal, la ayuda de la psicología jurídica y forense, etcétera, para decir que las decisiones de los jueces se basan en un soporte objetivo y subjetivo en función del arsenal de datos almacenados, estudiados y presentados en las diversas audiencias y bien seguro en el margen de la ley. Resta la metabolización del conjunto y el desenlace final, que nos va a dictaminar el fallo. Si bien lo subjetivo puede intervenir, lo que prima es la objetividad en función de las pruebas: culpable o inocente, sistema binario que puede dejar una pesadumbre de injusticia como en el caso de Marita Verón. Se puede decir que los jueces se equivocan y se han disparado muchos calificativos sobre ellos, pero ¿cuál es la realidad? La ausencia de Marita. ¿Qué ocurrió, dónde está? Ella es la verdadera víctima. Es el eterno problema con inculpados que pueden vivir al margen de la ley, que pueden tener un cierto pasado delictivo y donde ciertos testigos los acusan. Se puede estar frente al más feroz criminal, pero no significa siempre que éste sea culpable de un crimen en particular. ¿Se lo puede acusar de un nuevo crimen donde las pruebas no sean determinantes porque es criminal? No soy juez, pero pienso que es una decisión que sólo se puede basar en pruebas concretas y motivaciones del inculpado en el momento del acto. Por respeto a Marita, ¿la Justicia ha actuado como se debe? Pregunta ingenua pero que nos deja a todos con un dolor insoportable y a Marita lejos de ella y de sus seres queridos. Osvaldo Corsino DNI 7.688.604 Neuquén

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora