Fallo por abuso de una niña provocó malestar en San Martín
Condenó a Matías Ancatel por robo y abuso simples. Tras la decisión, hubo marcha en San Martín.
Judiciales
SAN MARTÍN DE LOS ANDES (ASM).- En un fallo que provocó indignación entre las numerosas personas que aguardaban a las puertas de los tribunales de esta ciudad, el joven Matías Ancatel fue declarado culpable de los delitos de robo simple y abuso sexual simple de una niña de 9 años. En cambio, la fiscalía había planteado la violación en grado de tentativa, y la querella había hecho lo propio pero en calidad de consumada.
De ese modo, Ancatel dejará la cárcel y esperará ahora la audiencia de cesura con prisión domiciliaria. De hecho, podría quedar luego en libertad por la aplicación de pena en suspenso, ya que no tiene antecedentes condenatorios.
Se descuenta que la querella y la fiscalía acudirán al Tribunal de Impugnación, una vez que se fije la sentencia en cesura.
En tanto, familiares de la víctima y decenas de personas realizaron una marcha por el centro de la ciudad, tanto en repudio del fallo como en reclamo de justicia por los hechos ocurridos en marzo pasado, en una vivienda de la calle Tres de Caballería, cuando Ancatel ingresó con fines de robo y se encontró con la pequeña sola en la casa.
El fiscal, sorprendido
El fiscal Manuel González, tanto como el querellante Sánchez Galarce, se mostraron sorprendidos por la decisión del tribunal, en fallo dividido.
A su turno, vecinos y representantes de organizaciones de defensa de género no salían de su asombro, en particular porque fueron dos juezas las que resolvieron por mayoría que el abuso sexual debía ser considerado “simple”, equivalente a lo que en la jerga judicial se conoce como “tocamientos”.
El tribunal estuvo integrado por los jueces Mauricio Zabala, quien se inclinó por la tesis de la fiscalía, y Liliana Deiub y Florencia Martini, quienes fallaron por el abuso simple.
Según trascendió, ya que las audiencias se hicieron a puerta cerrada, la acusación no pudo demostrar que hubo penetración consumada, pero daba por hecho que estaba certificado el grado de tentativa del acceso carnal, a partir de las lesiones comprobadas en la niña.
Sin embargo, para las dos juezas del tribunal de tres miembros, las lesiones cutáneas no consistirían suficiente prueba de que el acceso carnal se interrumpió sin consumarse por motivos ajenos al acusado (tentativa), sino por la propia voluntad de éste que abandonó el acto, lo que encuadraría en el abuso simple.
Como se apuntó, decenas de personas aguardaban el fallo a las puertas de las instalaciones judiciales de Perito Moreno y Mascardi.
Al conocer la decisión poco después de las 13 horas y luego de tres jornadas de audiencias de debate, hubo lamentos y llantos.
Horas después se repitieron escenas de bronca durante la movilización.