Gas y petróleo quedaron como garantía del pago de deuda externa
La norma explicita las excepciones, pero no figuran los recursos naturales. Rige para los títulos que se emitirán este año por 20.000 millones de dólares.
Los recursos naturales como el gas y el petróleo serán utilizados como garantía de la deuda externa que tomará el país este año, a partir de un decreto emitido por el gobierno nacional que renuncia a lo que se denomina defensa de inmunidad soberana. Se podrían afectar exclusivamente en casos de litigio por incumplimientos en los pagos.
El decreto en cuestión es el Nº 29, tiene fecha 11 de enero de este año y lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Finanzas Luis Caputo. Faculta al Ministerio de Finanzas a colocar deuda por una cifra de hasta 20.000 millones de dólares, se somete a los tribunales de Nueva York y Londres para resolver demandas judiciales y renuncia a la inmunidad soberana para los reclamos que se pudieran presentar en las jurisdicciones mencionadas. La cifra de la deuda a colocar es la que está autorizada por el presupuesto de este año por el Congreso de la Nación.
Por el impacto que podría tener esta medida en la Cuenca Neuquina, en especial por el interés que despierta Vaca Muerta, “Río Negro” consultó ayer fuentes del gobierno provincial. El tema no estaba en la agenda, pero después de revisar el decreto respondieron que las regalías que surgen de la explotación de los recursos hidrocarburíferos están protegidas por dos leyes nacionales (la 24624 y la 25973) que declaran inembargables estos fondos, y también por el propio decreto del presidente Macri. También hubo consultas a YPF, pero la empresa optó por no hacer comentarios. (Ver aparte)
El decreto contiene diez exclusiones a la renuncia de la defensa de la inmunidad soberana, entre las que se incluyen las reservas del Banco Central y los bienes de dominio público. En este último caso, menciona específicamente a los comprendidos por los artículos 234 y 235 del Código Civil y Comercial. Pero la norma no incluye el artículo 236 del mencionado código que refiere a los bienes de dominio privado que pertenecen al Estado. Allí se contemplan, entre otros, a “las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado por el Código de Minería”.
No se abandona de la protección de la inmunidad soberana a bienes localizados dentro o fuera del país que presten un servicio público esencial, los afectados a la diplomacia de la Argentina, ni a los impuestos o regalías adeudadas al país, como tampoco al derecho de recaudar impuestos. Hay otros sectores que quedan con paraguas legal, como los bienes que forman parte de la herencia cultural de la Argentina o los que están bajo control de la autoridad militar.
Por este decreto y otro de similares características, el Nº 231 que procede de igual forma pero con tribunales en Suiza, el abogado Eduardo Barcesat, junto a otros dos letrados, presentaron una denuncia penal contra Macri.
Protegidos
El tema del decreto 29 es sensible frente a demandas potenciales en tribunales internacionales, Vaca Muerta no pasa desapercibida.
Datos
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- son las excepciones que contiene el decreto sobre protección soberana en caso de demandas internacionales.
- El tema del decreto 29 es sensible frente a demandas potenciales en tribunales internacionales, Vaca Muerta no pasa desapercibida.
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