“Juicio por jurados: una oportunidad de participación”

Tuve la oportunidad de participar en uno de los siete juicios realizados en este año en el nuevo sistema implementado por la Justicia neuquina. Es una experiencia sumamente valiosa y de mucha responsabilidad, ya que de la decisión de este jurado popular depende la libertad o no de una persona. A raíz de esta experiencia surgieron algunas inquietudes que quiero compartir con el fin de proponer mejoras en este sistema: El jurado popular está compuesto por personas que fueron sorteadas del padrón electoral de la provincia. Luego, en cada caso a juzgar, se presenta un listado de 40 individuos que se confecciona con un número de orden y así se presenta en la audiencia de selección. En esa instancia los convocados pueden excusarse por razones diversas y que sean atendibles. En realidad no sería una selección, sino que se produce un “descarte” de los excusados, y el resto está apto para participar en el juicio propiamente dicho. Llegada esta instancia, se eligen 16 miembros (8 femeninos y 8 masculinos), de los cuales cuatro serán suplentes, por el orden que tengan en la lista. O sea, los 16 primeros. En mi caso fui suplente, asistiendo a todas las audiencias, pero llegado el momento del debate final del jurado no pude participar, pues así está previsto en la ley que reglamenta esta práctica. Considero que los suplentes bien podrían participar con voz pero sin decisión, ya que se requieren 12 votos para dictar sentencia. Sería importante el aporte de la opinión de todas las personas que asistieron a las audiencias, que en esta oportunidad sufrimos una especie de desazón al no poder ser parte del debate de dictado de sentencia. Quizás sea solo mi caso, pero así lo siento yo. Me parece que esta instancia es una oportunidad de participación ciudadana real y muy importante en la toma de decisiones, y como ciudadanos debemos hacerlo de buena gana, rompiendo con la apatía que nos caracteriza y que tanto daño nos hace. Estamos acostumbrados a participar en juicios por ser víctimas o testigos, y en el menor de los casos imputados. Nunca hemos cumplido el rol de impartir justicia por mano propia, o sea, ser jueces de nuestros conciudadanos. Hago votos para que esta práctica se aplique también en los casos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y casos de corrupción, situaciones que nos desprestigian como sociedad. En el caso específico de la ciudad de Neuquén, deberíamos reformular el funcionamiento de nuestra sindicatura municipal, dotándola de otros poderes, con lo cual le ahorraríamos trabajo a la Justicia. Ricardo Dougall DNI 10.532.537 Neuquén

Ricardo Dougall DNI 10.532.537 Neuquén


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