Bariloche: causó la muerte de un motociclista y quedó imputado por homicidio
El hecho ocurrió el domingo 30 de noviembre minutos antes de las 17, ante numerosos testigos, y le costó la vida a Aucan Maliqueo, de 23 años, un conocido referente de la comunidad mapuche.
Un hombre que conducía una camioneta por la avenida Bustillo de Bariloche y chocó contra una moto cuyo conductor perdió la vida en forma instantánea, quedó imputado hoy por homicidio culposo, a pesar de su declaración de descargo, en la que sufrió un desborde emocional, y de los argumentos exculpatorios de su abogada defensora.
El juez de Garantías Juan Pablo Laurence aceptó la formulación de cargos según la descripción de los hechos y la calificación legal expuesta por la fiscalía y habilitó un período de investigación de cuatro meses. El hecho ocurrió el domingo 30 de noviembre minutos antes de las 17, ante numerosos testigos, y le costó la vida a Aucan Maliqueo, de 23 años, un conocido referente de la comunidad mapuche asentada al pie del cerro Ventana.
La imputación recayó sobre Agustín Anfuso, quien viajaba en una camioneta Toyota Hilux por Bustillo hacia el oeste y a la altura del kilómetro 13,5 realizó un giro hacia la izquierda, sin advertir que en sentido contrario circulaba la moto Zanella, a la que embistió en su tren delantero. Maliqueo salió despedido por sobre el capot de la camioneta y sufrió un traumatismo cerrado de tórax y traumatismo cráneo encefálico, que le provocaron la muerte antes de recibir asistencia.
El fiscal Guillermo Lista dijo que Anfuso “invadió de manera abrupta” el carril opuesto con la intención de girar hacia la calle Río Minero y provocó el encontronazo con el rodado menor. Dijo que según la ley de tránsito en una maniobra de ese tipo tenia obligación de ceder el paso, y si bien la moto viajaba a una velocidad mayor a la permitida, eso no atenúa su responsabilidad. “Asumió una conducta de riesgo que ha sido la causa eficiente del desenlace fatal” afirmó el fiscal, quien acusó al imputado de conducir en forma “negligente, imprudente y antirreglamentaria”.
El abogado querellante, en representación de la madre de la víctima, adhirió al planteo, mientras que la abogada defensora, Mariela Taboada, esgrimió su negativa categórica al tipo penal de homicidio culposo, asignado al conductor de la Toyota.
Invitado por el juez, Anfuso accedió a hablar de lo ocurrido aquel 30 de noviembre, pero su relato avanzó a duras penas, atravesado por el llanto, Solo pudo reponerse parcialmente luego de un cuarto intermedio y señaló que viajaba hacia su casa, después de dejar a su hija en Los Coihues, y que cuando se disponía a doblar no advirtió en ningún momento la moto que se acercaba en sentido contrario. Su vida cambió en un instante e incluso en la audiencia de hoy, varios meses después, mostró las consecuencias del trágico hecho en su estado anímico.
Anfuso dijo al momento del incidente, ante el shock sufrido, dio una vuelta a la manzana y volvió al lugar, preocupado por las consecuencias. Pero allí fue agredido con insultos y piedras y decidió acudir a la comisaría más cercana. El fiscal señaló que el examen de alcoholemia de Anfuso dio negativo.
El cruce de Bustillo y Río Minero es muy transitado y cuando ocurrió el accidente no tenía ensanches ni señalización preventiva. Luego de la muerte de Maliqueo el municipio realizó varias obras, como una ampliación de la calzada, la construcción de una dársena de espera y giro, el corrimiento de la garita de colectivo para mejorar la velocidad, sendas peatonales, derivadores y cartelería de advertencia. Así lo hizo notar Anfuso ante preguntas orientadoras de su defensora, quien pareció anticipar de ese modo los parámetros regirán su propia “teoría del caso”.
El juez privilegió la difusión completa y detallada de la audiencia
Antes de la formulación de cargos la abogada defensora Mariela Taboada le pidió al juez que prohíba a los medios de prensa la difusión de imágenes del imputado en foto o video y lo justificó en la preocupación porque su hija menor de edad acceda a esos contenidos por el impacto que le pudieran generar.
Aclaró que no se proponía sugerir la imposición de censura previa ni limitar la publicidad del acto, pero sí asegurar una medida “en resguardo del ámbito familiar”. Cuando les dieron la palabra para opinar sobre el planteo, tanto el fiscal Lista como el abogado querellante Elio Gallardo se mostraron de acuerdo con la veda de imágenes.
Pero el juez Juan Pablo Laurence se negó a validar ese criterio y mantuvo intacto el derecho a la reproducción libre de imágenes de la audiencia, sin restricciones. Se tomó un cuarto intermedio para comunicar su decisión, citó un fallo propio de 2020 y dijo que “no advertía motivo” para alterar la regla general de libertad de información. Admitió que le generaba “tensión” el acuerdo de todas las partes en contra de su resolución y dijo haber atendido en su análisis que se invocaba “el superior interés del niño”, pero interpretó que la hija del imputado “no es víctima”, no tiene parte en el hecho investigado ni será objeto de medidas durante el proceso. Para Laurence, está claro que “no hay riesgo de revictimización” ni razones para limitar el trabajo de la prensa.
La defensora realizó un nuevo intento con un pedido de “revocatoria” basado en el “derecho a la intimidad”, también con adhesión de la fiscalía y la querella, pero el juez volvió a inclinarse por la negativa. “¿Cuál sería el impacto(sobre la menor? No está cuantificado”, señaló. Dijo que mantenía la decisión de no condicionar la difusión y lo dejaba librado a la “ética” de los periodistas encargados de la cobertura.
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