Caso Fuentealba II: Condenan a jefes policiales por el uso arbitrario de la fuerza en Arroyito

Estos son algunos de los puntos centrales del veredicto pronunciado por los jueces.

Los cinco exjefes policiales Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto, Mario Rinzafri y Jorge Garrido- que condujeron la represión del 4 de abril de 2007 que terminó con el asesinato del maestro Carlos Fuentealba en Neuquén, fueron encontrados hoy responsables del delito de abuso de autoridad. En cuanto al comisario inspector Benito Matus fue declarado culpable del abuso de armas agravado, pero absuelto de lesiones leves.

Así lo resolvió por unanimidad el tribunal de juicio integrado por Luis Giorgetti, Raúl Aufranc y Diego Chavarría Ruiz (quien participó vía Zoom) en el veredicto pronunciado este jueves. En una próxima audiencia se debatirán las penas que deberán cumplir.

De los ocho policías enjuiciados, dos fueron absueltos: Julio Lincoleo y Aquiles González, imputados del encubrimiento de José Darío Poblete, el cabo primero que disparó y mató a Fuentealba, condenado en 2008.

Marcelo Guagliardo, secretario general de ATEN. Tenía el mismo cargo en 2007 y habló con los jefes policiales durante el operativo. (Matías Subat)

Condenas y absoluciones


Carlos Zalazar exjefe: condenado por abuso de autoridad.

Moisés Soto exsubjefe: condenado por abuso de autoridad.

Adolfo Soto exsuperintendente de Seguridad: condenado por abuso de autoridad.

Mario Rinzafri exdirector de Seguridad Neuquén: condenado por abuso de autoridad.

Carlos Zalazar, exjefe de la Policía de Neuquén. (Matías Subat)

Jorge Garrido exjefe de Policía Metropolitana: condenado por abuso de autoridad.

Aquiles González exjefe de grupo especial: absuelto de encubrimiento agravado.

Julio Lincoleo exjefe de grupo especial: absuelto de encubrimiento agravado.

Benito Matus, era oficial principal en 2007 y actualmente es comisario inspector en Chos Malal: responsable de abuso de armas agravado en perjuicio de Angélica Cisterna, absuelto de lesiones leves agravadas contra Alejandro Castelar.

Cinco exjefes policiales fueron condenados por abuso de autoridad. (Matías Subat)

Los puntos salientes del veredicto


• «Hubo acciones incomprensibles desde que los manifestantes se retiraron (de la ruta) hacia la estación de servicio. La policía los perseguía a gran distancia de la ruta y la banquina para el lado del río, accionando escopetas con balas de goma y pistolas lanzagases».

«Es cierto que algunos manifestantes arrojaron piedras, pero no era una actitud masiva, sino de personas aisladas, que no sirve para justificar el uso indiscriminado de la fuerza sobre quienes huían del lugar más allá de las zonas aledañas a la ruta».

• «En este punto es cuando se comienza a notar una mutación de la finalidad inicial del operativo. Se pasó de querer disolver cualquier tipo de manifestación, lo cual está reñido con el derecho de reunión o protesta pacífica».

• «El uso legal de medios disuasivos se torna claramente arbitrario cuando se desvía de una finalidad legítima, restringiendo derechos de los manifestantes más allá de lo necesario, y poniendo en riesgo la integridad física y psíquica de las personas, de una manera impropia de la racionalidad de los actos de gobierno en un estado constitucional de derecho».

«El accionar policial fue a todas luces inadecuado para la finalidad de agilizar el tránsito. Atentó contra ese objetivo la formación de cordones de policías que reducían el lugar de paso sobre la cinta asfáltica. La otra parte de esa operación: disparar balas de goma y lanzar gases, no se presenta como una medida proporcionada».

El veredicto fue leído por el juez Giorgetti, quien al finalizar expresó: «Creemos que era necesario escuchar a los involucrados en un ámbito de respeto y poder dar una respuesta del poder judicial no solo a las personas que participan de este proceso sino a toda la sociedad».

«Un fallo justo»


«Me parece que fue un fallo justo, la cuestión del abuso de autoridad era central porque era lo que todos y todas veníamos diciendo. Se estaba dirimiendo la forma de abusar del poder en términos políticos y de abusar del poder en términos funcionales y de derechos de toda la ciudadanía. Creo que trasciende a las partes acá, creo que es para el pueblo neuquino», dijo un emocionado Marcelo Medrano, abogado querellante, ni bien salió de la audiencia.

Volvió a repetir, como en su alegato de clausura, que este «no era un juicio contra la policía, era un juicio contra una forma de ejercicio político que instrumentó Jorge Omar Sobisch claramente a través de la cúpula policial de esa época fueron esos hechos, ese abuso arbitrario, dijeron los jueces, que no se puede tolerar nunca de docentes contra la policía. Creemos que la policía también lo puede pensar para autodepurarse, para pensar al futuro. Tratar de generar discusiones democráticas, sin abuso de poder, por parte de autoridades políticas, y sin abuso funcional por parte de las autoridades policiales para construir un mañana mejor».

Carlos Fuentealba era docente del Cpem N°69 del barrio Cuenca XV. Foto Matías Subat.

Respecto al exgobernador, quien ordenó el operativo, pero nunca fue imputado, Medrano agregó: «Jorge Sobisch estuvo en carácter de testigo que nunca debiera haberlo sido en este juicio». Consideró que es una reparación para todas las personas que se manifestaron ese día en Arroyito.

«Yo lo único que quiero decir es que nosotros no tenemos odio, ni siquiera ese día teníamos odio, estábamos protestando. No se podía tolerar otro fallo que no fuera este: sí es próximo a la justicia completa. Porque vinimos muy condicionados a este juicio, no tiene todo lo que hubiéramos querido, pero sí sabemos que se hizo justicia hoy y que yo lo único que pienso es en Carlos, en Camila, en Ariadna y en la cantidad de compañeros de todo el país que esperaban este fallo. Nada más, yo solo puedo decir eso», afirmó Sandra Rodríguez, compañera de Carlos Fuentealba.


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