Choque de criterios: revocaron la decisión de una jueza de Neuquén que rechazó cargos por usurpación
La magistrada había desestimado el planteo de la fiscalía en septiembre pasado. Pero un Tribunal de Impugnación cuestionó el criterio aplicado y ordenó una nueva audiencia de formulación de cargos. La causa se inició por una toma de tierras municipales en Aluminé.
El derrotero judicial de la toma de tierras municipales en Aluminé sumó un nuevo capítulo este martes. En una resolución unánime, el Tribunal de Impugnación revocó la decisión de la jueza de Garantías que había rechazado la formulación de cargos contra las cinco personas que presuntamente habían liderado la usurpación. Además, ordenó la realización de una nueva audiencia para concretar la acusación e iniciar la investigación, aunque con otro magistrado.
Según había explicado la municipalidad, que se presentó como querellante, se decidió avanzar con la instancia penal ante la falta de acuerdo con otros mecanismos. La ocupación se inició a fines de mayo, pero se fue debilitando hasta que solo cinco personas quedaron en ella. Ese grupo fue el que el Ministerio Público Fiscal acusó en una audiencia realizada el 15 de septiembre.
Sin embargo, el planteo no fue avalado por la jueza de Garantías Leticia Lorenzo.
A criterio de la magistrada, el delito de usurpación, como lo había planteado la fiscalía y como lo describe el Código Penal, no estuvo configurado en este caso. Concretamente, porque no se realizó desde la clandestinidad.
Por el contrario, afirmó que los vecinos señalados se instalaron a plena luz del día, alrededor de las 14:30, por lo que lo hicieron «a la vista de todos».
En disconformidad, la fiscalía y la querella decidieron presentar un recurso de impugnación, cuya suerte finalmente se conoció ayer.
Usurpación de tierras en Neuquén: qué entendió el Tribunal de Impugnación
El Tribunal de Impugnación, compuesto por las juezas Liliana Deiub, Patricia Lupica Cristo y el juez Federico Sommer, ordenó revocar la decisión de la jueza y pidió realizar una nueva audiencia de formulación de cargos con otro magistrado.
El tribunal consideró que la acción, al revés de lo que había dicho Lorenzo, sí se llevó adelante en los términos del tipo penal planteado por la fiscalía. Argumentó que la usurpación fue concretada aprovechando la ausencia del propietario, es decir, el municipio, que quedó de esa forma imposibilitado de repeler el hecho.
«Sobre este tema de clandestinidad no compartimos el criterio de la jueza desde lo conceptual, desde el momento que transita el proceso penal y porque es un tema controvertido y del que existe jurisprudencia en dos sentidos», indicaron los jueces.
Dejando de lado la cuestión de fondo, sostuvieron que, con base en la jurisprudencia, la clandestinidad no se limita a una acción secreta o nocturna, sino que implica la imposibilidad de titular de conocer o repeler el acto de despojo.
El hecho ocurrió el pasado 31 de mayo, cuando un grupo de familias y vecinos ingresó a un predio conocido como ex Campo Ayoso, en cercanías de la Ruta Provincial 23. Según había explicado a Diario RÍO NEGRO el intendente de Aluminé, Diego Victoria, menos de 10 personas permanecían en el lugar hasta septiembre.
Aunque esto no fue confirmado, se presume que la decisión del tribunal todavía puede ser apelada por la defensa pública que representa al grupo apuntado.
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