Cuatro condenados por el crimen de Otoño Uriarte: claves del fallo y qué falta en el juicio

La Justicia de Río Negro condenó a los cuatro acusados del crimen de Otoño Uriarte. La jueza explicó la calificación legal del delito. ¿Qué dijo sobre la participación de cada imputado?

¿Se puede condenar sin saber con certeza qué hizo cada uno? ¿Es posible aplicar una pena cuando aún hay interrogantes sin resolver? La jueza María Florencia Caruso Martín fue categórica: no se puede discriminar la conducta individual de cada acusado, porque todos participaron en la ejecución del crimen de Otoño Uriarte. La sentencia, dictada por unanimidad en Río Negro, marcó un hito en la búsqueda de justicia tras 18 años de incertidumbre.

Caruso Martín señaló que el tribunal evaluó pruebas clave que acreditan la participación de los cuatro imputados en la privación de la libertad y posterior homicidio de la joven. Aunque no se pudo determinar el móvil con certeza, la calificación legal se sostuvo en la intencionalidad del crimen. ¿Cómo se llegó a esta conclusión y qué implica la decisión judicial?


Una condena histórica tras 18 años de impunidad


El Tribunal conformado por la jueza María Florencia Caruso Martín, junto a los magistrados Amorina Sánchez Merino y Juan Pedro Puntel, declaró culpables a Néstor Ricardo Cau, Germán Ángel Antilaf, José Hiram Jafri y Maximiliano Nahuel Lagos. Los condenó por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada, con resultado de muerte, en carácter de coautores.

Después de 18 años, la Justicia de Río Negro condenó a los asesinos de Otoño Uriarte. Foto Ceci Maletti.

La decisión fue tomada por unanimidad y se basó en un análisis exhaustivo de las pruebas recolectadas a lo largo del juicio. La jueza explicó que, aunque no se pudo determinar con precisión la motivación del crimen, esto no invalida la responsabilidad penal de los acusados.


Coautoría y división de roles: el argumento central de la jueza


Uno de los puntos centrales de la sentencia fue la explicación sobre la coautoría funcional del crimen. La jueza Caruso Martín detalló que todos los acusados actuaron en conjunto, con una planificación previa y una distribución de tareas.

“No puede discriminarse qué fue lo que hizo cada uno. La conducta diferenciada no es posible, pero sí que actuaron en conjunto”, afirmó la magistrada. Basándose en doctrina y jurisprudencia, subrayó que no es necesario que todos hayan participado en la elaboración del plan delictivo, sino que basta con la adhesión al mismo.


El crimen: qué se pudo probar y qué sigue en duda


A lo largo del juicio se presentaron pruebas que permitieron reconstruir el hecho: Otoño Uriarte fue privada de su libertad, retenida en un domicilio y asesinada de forma intencional antes de que su cuerpo fuera arrojado a un canal.

Sin embargo, no se pudo determinar con exactitud la motivación detrás del crimen. Se barajaron hipótesis que incluían un móvil sexual y una deuda de dinero, pero ninguna pudo ser acreditada de manera concluyente. La jueza argumentó que este punto no modifica la calificación legal ni afecta el derecho de defensa de los acusados.

La jueza rechazó este pedido argumentando que las pruebas periciales demostraron que la muerte de Otoño fue intencional y violenta, previa a la disposición del cuerpo en el canal. “La única calificación posible es la que solicitó la parte acusadora”, sentenció Caruso Martín.


La referencia a otros casos similares en Río Negro


En su argumentación, la jueza hizo referencia a antecedentes jurisprudenciales en la provincia, donde se dictaron condenas sin la aparición del cuerpo de la víctima. Citó los fallos de los casos Solano y Jessica Campos, donde la Justicia basó sus decisiones en indicios previos, durante y posteriores al hecho.


La segunda audiencia definirá la pena


Aunque la sentencia ya fue dictada, el proceso judicial aún no ha terminado. Ahora se deberá realizar una audiencia de cesura. Esta es una fase dentro del proceso penal en la que se determina la pena que se impondrá a los condenados, una vez que se ha dictado un veredicto de condena.

Esta audiencia tiene lugar tras la declaración de culpabilidad, y su objetivo principal es establecer la pena que corresponde en función de los hechos probados, las agravantes y atenuantes que puedan existir, y las circunstancias personales de los imputados.

En la causa donde se ya se condenó a cuatro imputados por el crimen de Otoño Uriarte (un homicidio en el contexto de un secuestro agravado), la audiencia de cesura tendrá vital importancia luego del veredicto, y en ella se analizarán los siguientes elementos:

  1. El delito cometido: En este caso, el delito de privación ilegítima de la libertad agravada (secuestrar a una víctima), con agravantes como la participación de más de tres personas, que la víctima era menor de edad, y que se ocasionó intencionalmente la muerte de la víctima (homicidio).
  2. Circunstancias agravantes: La gravedad de las circunstancias del delito, que incluyen el número de participantes, la condición de menor de edad de la víctima, y el homicidio, influirán directamente en la pena que se imponga. Estas agravantes aumentan la responsabilidad penal de los imputados.
  3. Consideraciones personales de los imputados: En esta audiencia, la defensa, querella y fiscalía pueden presentar informes sobre las condiciones personales de los imputados, tales como antecedentes penales, comportamiento durante el juicio, y otros factores que podrían mitigar o agravar la pena.
  4. Propuesta de pena: En base a todo esto, el juez dictará la pena final. Aunque por la calificación penal del hecho que fue condenado, no se puede otra pena que la prisión perpetua.

Lo que viene en el caso Otoño Uriarte


Aunque el fallo judicial ya definió la responsabilidad de los acusados, la audiencia de cesura pondrá el punto final al proceso. Con la expectativa de una condena ejemplar, se espera que la Justicia determine la pena en las próximas semanas y que la familia de Otoño Uriarte finalmente encuentre una respuesta definitiva tras años de lucha.

Las partes involucradas tienen un plazo de cinco días hábiles para presentar pruebas y argumentaciones que podrían influir en la decisión final. Se espera que esta audiencia se realice entre marzo y los primeros días de abril, dependiendo del avance del proceso.


¿Se puede condenar sin saber con certeza qué hizo cada uno? ¿Es posible aplicar una pena cuando aún hay interrogantes sin resolver? La jueza María Florencia Caruso Martín fue categórica: no se puede discriminar la conducta individual de cada acusado, porque todos participaron en la ejecución del crimen de Otoño Uriarte. La sentencia, dictada por unanimidad en Río Negro, marcó un hito en la búsqueda de justicia tras 18 años de incertidumbre.

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