Deberán limitar los descuentos por créditos a la portera de una escuela de Bariloche

La mujer pidió préstamos para cubrir un tratamiento médico y con los descuentos de sus haberes, solo percibía 500 pesos mensuales.

La Cámara Segunda del Trabajo hizo lugar a una «medida autosatisfactiva» y ordenó limitar al 20% -como máximo- los descuentos sobre el sueldo de una mujer que había solicitado varios créditos a entidades bancarias y mutuales. 

La damnificada es portera en una escuela y debió pedir esos préstamos para costear tratamientos médicos que su obra social no cubre. Con los descuentos que le aplicaban para devolver los créditos, solo percibía 500 pesos mensuales.

La medida autosatisfactiva fue solicitada por los defensores oficiales Stella Maris Viudez y Gustavo Suarez que reclamaron «el cese o la reducción de los débitos automáticos sobre los haberes». Argumentaron que «la normativa vigente determina un tope del 20% de retenciones a las remuneraciones» y en este caso, se excedía el máximo.

También resaltaron que la mujer tiene tres hijos menores de edad «a su exclusivo cargo, uno de ellos con padecimientos de salud». 

El fallo advirtió que «los créditos contraídos fueron con diversas entidades y la limitación establecida generaría deudas y la eventualidad de ingresar en una situación de mora; por eso, el descuento deberá ser distribuido a prorrata entre los diferentes acreedores«. También ordenó que la medida se lleve adelante «de manera inmediata, atento el carácter alimentario y de subsistencia del salario». 

Desde el Poder Judicial, explicaron que una medida satisfactiva «es una decisión jurisdiccional para brindar respuesta a determinadas problemáticas que, por su naturaleza, demandan tratamiento urgente y una pronta respuesta«.


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