Indemnizan a una empleada del Splif de El Bolsón discriminada por su condición sexual

La mujer denunció que sufría maltrato verbal, gritos y comentarios agraviantes sobre su condición sexual por parte de su jefa directa.

Una trabajadora del Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (Splif) de El Bolsón deberá ser indemnizada tras sufrir maltrato laboral y discriminación por su orientación sexual por parte de su jefa directa. El fallo laboral también ordena la realización de cursos dedicados a la formación y erradicación de la violencia laboral y el tratamiento de perspectiva de género por parte de todo el personal de Splif.

La trabajadora prestaba tareas de maestranza en la sede del organismo. Denunció que la responsable del área «la hostigó de manera continua con acciones que perjudicaban su labor cotidiana. Por ejemplo, ensuciar de manera deliberada espacios que ya habían sido higienizados previamente«, informaron desde el Poder Judicial.

La mujer argumentó que era frecuente el maltrato verbal, los gritos y los comentarios agraviantes sobre su condición sexual. Cuando reclamaba, le respondía que: “Las cosas eran así y si no le gustaban, estaban las puertas abiertas”.

En un principio, decidió presentar el reclamo ante la asociación gremial y las autoridades superiores. Pero manifestó que no tuvo respuestas adecuadas. «Si bien la situación se calmó por la pandemia, recrudeció cuando se fue normalizando el retorno al trabajo«, señalaron en un comunicado.

La situación derivó en un cuadro por el cual la trabajadora requirió atención psicológica. Solicitó una medida cautelar de restricción y acercamiento con respecto a su jefa, medida que fue concedida por el Tribunal.

La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche tomó en cuenta la documentación y los testimonios de personas que tuvieron un vínculo laboral con la denunciante. Los testigos ratificaron los dichos de su compañera, dando cuenta de una situación de tensión en el ámbito laboral. También se valoró el informe de la psicóloga que intervino en el tratamiento.

Concluyó que “se tiene por acreditado que la actora ha sufrido por parte de su superior hostigamiento en el tiempo, situación que no solo atenta contra el principio del trabajo digno, sino que afectó su salud». También planteó que al ponerse en marcha el protocolo de violencia, la trabajadora fue trasladada “cuando lo correcto hubiese sido que la trasladada fuera la acosadora”.


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