El Consejo de la Magistratura de Neuquén nace sin que se cumpla su propia ley

Se renueva la integración por cuatro años, pero la Legislatura incumple los plazos legales para la designación de sus representantes en el organismo que designa a jueces, juezas, fiscales, defensores y defensoras de toda la provincia.

El martes 28 de febrero concluirá el mandato de los actuales integrantes del Consejo de la Magistratura de Neuquén. Sus reemplazantes debieron haber sido designados o proclamados el 28 de enero pasado, pero de los siete, solo tres cumplieron el requisito. El organismo encargado de seleccionar jueces, juezas, fiscales, defensores y defensoras, nace sin que se cumpla su propia ley.

La situación no es novedosa. Lo nocivo es la indiferencia ante el quebrantamiento. Y tal como sucedió con la frustrada reelección del presidente del Tribunal Superior de Justicia, expresamente prohibida por la ley, estos incumplimientos no son percibidos como demostraciones de degradación institucional por la dirigencia política, que parece adolecer de instinto de supervivencia.

Un inevitable (pero breve) repaso. El Consejo de la Magistratura es un órgano extrapoder creado por la reforma constitucional del 2006, reglamentado por la ley 2533, que empezó a funcionar en 2007. Lo integra un selecto club de siete personas: un o una representante del Tribunal Superior de Justicia, que lo preside; dos por los colegios de abogados, surgidos del voto directo de las y los matriculados de toda la provincia; y cuatro designados por los bloques políticos de la Legislatura.

La foto antigua


Estos cuatro se discriminan de la siguiente manera: dos por el bloque más numeroso, y uno por cada uno de los que le siguen. La ley 2533 lo expresa así: «según la proporcionalidad de la representación en dicho cuerpo (por la Legislatura), conforme la composición originaria de la Cámara en oportunidad de la jura de los diputados al inicio del período de mandato correspondiente«.

Quiere decir que las o los cuatro representantes en el Consejo que debe designar la Legislatura para el período 2023/2027 reflejarán la composición de la Legislatura según el resultado de las elecciones del 2019.

La asincronía se decidió deliberadamente. Aunque a los efectos prácticos, produce el vértigo de mirar una foto antigua de la que quisiéramos recortar una parte porque aparece alguien con quien ya nada nos liga.

La cuestión es que en el reparto le tocan, como todos los períodos desde que funciona la Magistratura, dos consejeros o consejeras para el MPN (¿aplica el cupo de género?), uno o una para el Frente de Todos y uno o una para Juntos por el Cambio.

La designación es un trámite simplísimo: cada bloque remite una nota al presidente o presidenta de la Legislatura con los nombres de los elegidos, que a su vez es enviada a la presidencia del Consejo para que les tomen juramento. Fin.

30 días corridos


La ley 2533 fue votada el 9 de noviembre del 2006 en una volcánica sesión de la Legislatura de aquel entonces. Entre gritos y chicanas, algunos artículos se aprobaron sin debate. Por ejemplo el octavo, que obliga: «Los consejeros y sus suplentes deben ser designados o proclamados en un plazo no menor a treinta días corridos anteriores a la fecha de vencimiento de mandatos».

¿Y cuándo vence el mandato de los actuales consejeros, designados para el período 2019/2023?

Según la acordada 15/19 del Consejo de la Magistratura, el mandato de los consejeros del período 2015/2019 venció el 28 de febrero de ese año.

No está publicada ninguna norma que refleje la asunción de los actuales consejeros. Según informó Río Negro en su momento, el bloque del Movimiento Popular Neuquino recién informó quiénes serían sus representantes el 12 de marzo del 2019 (también burlando el espíritu de la ley, ver la nota linkeada), y la primera actividad de la cual hay constancia legal fue una reunión del 15 de marzo.

El artículo tercero de la ley expresa que «los consejeros duran en el ejercicio de sus funciones cuatro años» y enumera cuatro causales por las que cesan en el ejercicio de sus funciones. La primera es «vencimiento del plazo del mandato». Es improrrogable, incluso tienen vedada la reelección.

Mandatos vencidos


El 28 de febrero, o el 15 de marzo según se quiera interpretar, a los actuales consejeros se les vencerá el mandato. Es decir que el 28 de enero, o el 15 de febrero, la Legislatura tendría que haber informado quiénes serán sus representantes para el período 2023/2027.

El Tribunal Superior de Justicia designó en diciembre del 2022 a su representante, Gustavo Mazieres, quien ya asumió. Los Colegios de Abogados eligieron a Andrea Paz y Eduardo Sepúlveda en noviembre pasado.

La Legislatura, ¿cumplió con la ley 2533 que ella misma sancionó? No. ¿Existe algún mecanismo de controles cruzados, sanciones, amonestaciones, llamados de atención? No.

La mayoría de quienes van a elegir jueces, juezas, fiscales, defensores y defensoras, asumirán al margen de la ley sin experimentar consecuencias. Después no se quejen cuando ven crecer la antipolítica: le están fertilizando el campo.


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