El STJ revocó una sentencia y absolvió a un acusado de abuso en El Bolsón

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro anuló un fallo por arbitrario. Advirtió que los operadores judiciales no escucharon a la niña y formularon una imputación sin sustento. El hombre había sido condenado por jueces de Bariloche a una pena de 3 años en suspenso.

Operadores del Poder Judicial que no prestaron la debida atención al relato de una niña víctima de un presunto abuso sexual, una acusación débil y un tribunal de juicio que condenó más por indicios que por pruebas a un imputado, dejaron en evidencia una incorrecta administración de justicia. Así lo advirtieron los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro que, en una decisión unánime, anularon una sentencia que había condenado al acusado. En consecuencia lo absolvieron.

El caso tuvo varias idas y vueltas. La causa se originó a partir de las denuncias de los padres de la niña contra el sospechoso.

El fiscal de El Bolsón Francisco Arrien acusó al hombre de haber cometido dos abusos sexuales simples en perjuicio de la nena. El primer tocamiento había ocurrido, según la acusación fiscal, entre noviembre y diciembre de 2017, en momentos en que el acusado se encontraba al cuidado de la nena, en su domicilio de El Bolsón.

La fiscalía aseguró que el segundo tocamiento sucedió en enero de 2018, cuando el hombre se encontraba en una chacra de la localidad. La nena, que estaba con sus padres en ese lugar, tenía entonces 3 años.

El imputado fue juzgado y el 3 de junio del año pasado un tribunal de juicio de Bariloche lo condenó como autor de los dos hechos de abuso sexual simple en perjuicio de la pequeña. Le impusieron 3 años de prisión condicional.

El defensor oficial Nelson Vigueras apeló y el 2 de noviembre del año pasado los jueces del TIP Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi admitieron el recurso y revocaron la sentencia condenatoria. La tercera integrante del TIP Rita Custet se abstuvo.

El eje del debate estuvo en la declaración que la niña dio en Cámara Gesell. Cardella y Mussi advirtieron que si bien la fiscalía había indicado que, “es comprensible que una niña de cuatro años tenga impresiones sobre las circunstancias de tiempo, modo, y lugar, pero de ningún modo la perspectiva de género puede acomodar la evidencia del caso”.

La fiscalía recurrió esa decisión ante el TIP, que con otros jueces analizó el recurso.

El 10 de febrero pasado, los jueces Adrián Fernando Zimmermann, Guillermo Merlo y Julio Sueldo declararon la nulidad de la sentencia del tribunal de juicio de Bariloche y también la del TIP de noviembre del 2022. Y ordenaron hacer otro juicio.

Fiscalía y defensa recurrieron ante el STJ. El fiscal general Fabricio Brogna solicitó al STJ que confirme la sentencia de condena contra el imputado. La defensora de Menores adhirió al planteo.

Mientras que el defensor general Ariel Alice planteó el rechazo a que se haga un nuevo juicio y solicitó al STJ confirmar la absolución del acusado.

Los jueces del STJ manifestaron, en un fallo que dictaron el 4 de julio último, que el razonamiento de Zimmermann, Merlo y Sueldo “carece de toda lógica, lo que demuestra la arbitrariedad de la sentencia analizada y la imposibilidad de validar la retrocesión que dispone”.

Destacaron que la condena del tribunal de Bariloche “se encontraba desprovista de todo sustento”, como advirtieron Cardella y Mussi. “Este STJ debe reiterar la centralidad que debe asignarse a la valoración del relato de la presunta víctima, que en este caso es mujer y niña”, afirmaron.

“En el caso juzgado ha quedado claro que la niña, a pesar de su corta edad al momento de brindar su testimonio (cuatro años), pudo participar del proceso, fue escuchada en cámara Gesell y (…) se refirió a un solo hecho de tocamientos por parte del imputado, sucedido en la ciudad, en un lugar donde pasaba gente, más precisamente en un banco gris cerca de un supermercado, y aclaró que eso había ocurrido solo en esa oportunidad”, enfatizaron.

Pero ese hecho “no fue parte de la acusación” porque la fiscalía no tenía otras pruebas para sostener lo que la niña decía.


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