Entraderas en el Alto Valle: seguirá detenido uno de los últimos acusados por los robos violentos
El juez Alejandro Pellizzón ratificó la prisión preventiva para uno de los últimos acusados de la asociación ilícita que cometía robos violentos.
Este martes, el juez de revisión Alejandro Pellizzón confirmó la prisión preventiva para uno de los 10 hombres acusados de ser parte fundamental de una asociación ilícita dedicada a violentas entraderas en viviendas de la región. La resolución se produjo en el marco de una audiencia de revisión en Roca donde se discutió la detención preventiva y el sustento de los cargos formulados días atrás.
La decisión surge tras el recurso de revisión presentado por el defensor particular Maicol Patelli, quien intentó cuestionar tanto la calificación legal como los riesgos procesales que pesan sobre su asistido. Sin embargo, el magistrado consideró que los indicios presentados por la fiscalía —que incluyen geolocalizaciones, registros fílmicos del sistema 911 y el uso de un lenguaje cifrado para coordinar los robos— son suficientes para mantener al imputado tras las rejas mientras avanza la etapa preparatoria, resaltando la necesidad de proteger a las víctimas de cara a las próximas ruedas de reconocimiento.
La jerga de la banda: «Caballitos», «corralitos» y «campos»
Uno de los puntos más importantes de la audiencia fue la exposición de la fiscal Verónica Villarruel sobre el modus operandi de la organización. Según la fiscalía, la banda utilizaba una terminología específica para evitar ser detectada en las escuchas y mensajes telefónicos.
Villarruel detalló la dinámica que había expresado en la primera instancia de formalización, respecto de que esta asociación ilícita implicaba «hablar de los vehículos como ‘caballitos’ y de los lugares donde se resguardan como ‘corralitos’ o ‘campos'». Esta terminología no era aislada, sino que se repetía en las comunicaciones entre el acusado y otros consortes de causa, orientadas al ocultamiento de los autos robados o utilizados en los atracos.
La fiscalía sostiene que el acusado no era un actor secundario. Se lo vincula directamente con un robo ocurrido el 2 de mayo de 2025. En ese violento episodio, un hombre fue asaltado en su vivienda y recibió un culatazo en la cabeza con un arma de fuego de 9 milímetros, la cual fue posteriormente sustraída.
La evidencia técnica sitúa al acusado en cercanías del lugar del hecho en momentos concomitantes al robo, y las cámaras de seguridad identificaron su vehículo particular, el cual posee un choque característico en la parte delantera que coincide con las descripciones de los testigos.
El rol del «chofer» y la teoría de la coautoría funcional
La defensa centró sus agravios en lo que denominó una «orfandad probatoria» y una «interpretación forzada» de los mensajes de texto. Patelli argumentó que las alusiones a «campos» y «caballos» en los chats de su cliente respondían a su actividad legítima en un local.
El abogado intentó desvincular al imputado de la estructura criminal. Además, subrayó que solo se lo ubica en tareas de «chofer» y no como un partícipe activo dentro de los domicilios.
Ante esto, la fiscal Villarruel replicó que la participación punible bajo la «teoría funcional del derecho» establece que quien conduce el vehículo en un robo organizado es tan coautor como quien empuña el arma, debido a la división de tareas esencial para el éxito del ilícito. «Hay una concatenación de indicios que lo llevan a tener por probada la participación punible», afirmó la fiscal.
Polémica por la rueda de reconocimiento y la exposición mediática
Otro de los ejes de la discusión fue la viabilidad de las ruedas de reconocimiento. El defensor Patelli planteó la nulidad anticipada de esta medida, alegando que su cliente fue fotografiado por la prensa mientras descendía del ascensor hacia la sala de audiencias el pasado 23 de diciembre.
«Las medidas de resguardo ya habían sido vulneradas. Nada garantiza que el rostro y los caracteres de mi defendido no hayan circulado en forma privada», denunció el abogado. Según la defensa, esta exposición invalidaría cualquier reconocimiento futuro por parte de las víctimas.
Sin embargo, el juez Pellizzón fue categórico al desestimar este planteo en la instancia de revisión. El magistrado señaló que «el riesgo procesal no es una cuestión abstracta» y que la protección de las víctimas es prioritaria.
Por su parte, la fiscalía aclaró que, si bien una periodista tomó una fotografía, se dictó de inmediato una prohibición de divulgación de los rostros y datos identificatorios, medida que fue respetada por los medios de comunicación. Para el juez, la posibilidad de entorpecimiento a la investigación sigue vigente, ya que las víctimas deben declarar «libres y sin condicionamientos» tras haber sufrido episodios de extrema violencia.
El sustento de la resolución judicial y los dos meses de prisión
Al momento de resolver, el juez Pellizzón rechazó el recurso de la defensa y ratificó la prisión preventiva por el lapso de dos meses, término que el juez de garantías Gustavo Quelin había considerado razonable para realizar las diligencias pendientes.
El magistrado destacó que la formulación de cargos es una instancia provisoria que solo exige un «grado de probabilidad», y que en este caso, la evidencia recolectada —celdas telefónicas, cámaras y testimonios— sustenta suficientemente la medida cautelar.
«Dicha resolución de manera alguna aparece como arbitraria y debe ser confirmada en su totalidad», concluyó el juez de revisión. De esta manera, el acusado continuará detenido mientras la fiscalía avanza en el análisis de los teléfonos celulares secuestrados y en la ampliación de testimoniales.
La causa, que involucra 12 hechos delictivos -algunos bajo la modalidad de entraderas- sigue sumando imputados y pericias técnicas de cara a lo que será uno de los juicios por asociación ilícita más importantes del año en el Alto Valle.
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