Crimen de Fernando Báez Sosa: cuáles serían las posibles sentencias para los ocho rugbiers acusados

Conocé las posibilidades que establece ley y que habilitan diferentes escenarios, con distintas penas para los ocho acusados por el asesinato de Fernando Báez Sosa.

Este lunes se conocerá el veredicto por el crimen de Fernando Báez Sosa. La sentencia de los jueces que integran el Tribunal Oral en lo Criminal de Dolores se conocerá desde las 13. Qué indicios hay, qué elementos sumaron los peritos, qué pedirán los abogados, fiscales y qué podrán resolver los jueces.

El juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa, un joven estudiante de abogacía asesinado en 2020, en la localidad balnearia de Villa Gesell, se encuentra sobre su recta final. Tras tres años de su muerte, todo parece indicar que la sentencia que definirá la suerte de los rugbiers procesados se conocerá a fin de este mes.

«Si no es perpetua no es Justicia». Es la leyenda está en los carteles, en las redes sociales y en los comentarios alrededor del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa.

Máximo Thomsen (23); Luciano Pertossi (21); Ciro Pertossi (22); Lucas Pertossi (23); Ayrton Viollaz (23); Enzo Comelli (22); Matías Benicelli (23) y Blas Cinalli (21) son los imputados que llegaron al juicio acusados de homicidio doblemente agravado, por haberse cometido con alevosía y por premeditación.

La decisión estará en manos de los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari.

La hipótesis que los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García intentaron probar, en conjunto con el particular damnificado -en este caso los papás de Fernando-, representados por Fernando Burlando, Fabián y Facundo Améndola y Germán Facio, persigue firmemente una propuesta de cadena perpetua.

Por otro lado, la parte acusadora anticipó en los alegatos de inicio que el objetivo sería probar que los ocho acusados tuvieron un plan coordinado con división de tareas. En este sentido, recurrirán al pedido de diferentes penas para los rugbiers.


Homicido doblemente agravado

Los acusados llegaron con esta grave calificación legal al juicio, lo que determinó que lleguen a esta etapa en calidad de detenidos preventivamente.

La alevosía está «marcada por la ventaja de quien mata». Cuando el atacante usa «medios, formas y modos que tienden directamente» a asegurar el delito «sin riesgo», es decir sin correr peligro durante la agresión, establece el código.

La brutal golpiza, las patadas en la cabeza una vez que Fernando estaba tendido en el suelo lo colocan en un lugar de indefensión. Además, los indicios de que los agresores impedieron que sus amigos pudieran ayudarlo, mostraron a un Fernando vulnerable, que no se pudo defender. Esos elementos encajarían en esta figura legal o al menos así lo sostiene la parte acusadora.

De confirmarse la premeditación y/o plan, en el tipo de delito arrojaría una sentencia que podría incliuir a todos los imputados con una misma pena.

Los amigos de Fernando hablaron de «emboscada» en sus declaraciones. Y Burlando se refirió a «un plan». Toda esta presunta planificación del homicidio, del ataque y la golpiza que terminó con la vida Fernando refiere a una «coordinación» entre los ocho jóvenes, donde todos estuvieron de acuerdo, cumplieron roles preacordados y serían igual de responsables del crimen.

En ese escenario, los ocho acusados responsables serían considerados coautores del crimen y la pena que debería fijarse sería perpetua para todos. Si los jueces coinciden en la argumentación de la Fiscalía y del particular damnificado, con los elementos presentados durante el juicio, todos podrían recibir la pena máxima, que en Argentina es de 35 años.

Los acusados llevan tres años en la cárcel y, a pesar de que habrá instancias de apelación hasta que la sentencia quede firme, lo más probable es que regresen a un penal.

Este es el peor escenario posible para los acusados, no sólo porque por su edad vivirían más tiempo en la cárcel que en libertad, si no porque irían a un penal de máxima seguridad. Allí sería más complicado que cuenten con el beneficio de mantenerse juntos y aislados del resto de la población carcelaria.


Participación Secundaria

Si los jueces entienden que no hay elementos para probar que hubo un plan previo y coordinado, el agravante de la alevosía habilita, de todos modos, la posibilidad de que se aplique la pena máxima. Pero abre un nuevo camino: la participación secundaria.

Con esta figura ya no se los entendería a los ocho como coautores, sino que algunos serían considerados responsables del crimen y, otros, cómplices.

Los acusadores intentaron demostrar con videos y el relato de los testigos que todos los involucrados fueron responsables, por golpear a Fernando o por evitar que sus amigos pudieran ayudarlo.

Los golpes, las marcas de la zapatilla de Máximo Thomsen, el ADN de Blas Cinalli en un dedo de Fernando y la ubicación de los responsables podría ser interpretado para centralizar la acusación: los que dieron los golpes que provocaron las muerte son los responsables del homicidio.

Según la pericia de autopsia, Fernando Báez Sosa «falleció en forma traumática, producto de un paro cardíaco traumático por shock neurogénico producido por múltiples traumatismos de cráneo que generaron hemorragia masiva intracraneana sin fractura ósea«.

Si bien el informe, cuestionado posteriormente por el perito de la defensa, establece que Fernando murió por los golpes en la cabeza, no fue sólo uno el que provocó la muerte. Al joven asesinado le pegaron por turnos.

En ese escenario, aquellos que participaron de la agresión pero no se pudo probar que hubieran, efectivamente, golpeado a la víctima, podrían ser considerados partícipes secundarios.

«Serán reprimidos con la pena que corresponde al delito disminuida de un tercio a la mitad», es decir que si los jueces consideran que algunos de los integrantes del grupo fueron responsables del homicidio y los otros actuaron como partícipes secundarios y no como coautores, podrían recibir la pena de diez a 15 años. O de 15 a 20 años si la condena para el resto es de reclusión perpetua.


Homicidio simple o con dolo eventual

Otra de las alternativas posibles será que el tribunal oral no encuentre agravantes en el homicidio ni por la alevosía, ni por la premeditación. En ese caso, la pena que correspondería podría establecer prisión de 8 a 25 años.

La figura del dolo eventual, con la misma pena, sería -dentro de los peores escenarios- la alternativa más leve para los acusados: esta calificación legal se aplica cuando para la justicia la persona tuvo que «haberse representado que, al realizar determinada acción, podría ocasionarle la muerte a alguien”.

En este caso, por ejemplo, pegar patadas en la cabeza a una persona indefensa. Según establece el código penal, a pesar de saber el daño que podría causar el acusado «continuó con su accionar» y no hizo nada para evitarlo.


Homicidio en riña

Las declaraciones espontáneas de Thomsen, Ciro, Luciano y Lucas Pertossi, y de Blas Cinalli fueron en la misma línea: no respondieron preguntas sobre el resto de los acusados, coincidieron en que «no sabían» lo que había pasado y en que no “participaron de un plan para matar a nadie”.

Así, la estrategia de la defensa apunta a eliminar el agravante de la premeditación y apuesta a que los jueces interpreten la muerte de Fernando Báez Sosa en el contexto de una «riña» o una pelea: «Lo primero que hago es defenderme tirando patadas. Pero jamás en la vida con la intención de matar a alguien», dijo Máximo Thomsen.

En la última audiencia Lucas Pertossi declaró: «Nunca le pegué a Fernando Báez Sosa, no lo toqué, no participé del plan de asesinato de matar a alguien: solo fui de vacaciones».

Fuentes consultadas por Clarín explicaron: «El homicidio en riña se da cuando actúan dos o más personas en dos grupos pero no se identifica quién es el responsable de la muerte. Todo el grupo es responsable porque no se puede individualizar al que dio el golpe fatal. En esos casos se toma por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona, en este caso, fallecida».


Pelea

La pena para este tipo de delitos es de 2 a 6 años de prisión. Los acusados del crimen ya llevan tres años detenidos, por lo que -de ser condenados por esta figura legal- podrían salir en libertad más temprano que tarde.


Nulidad o absolución

En los lineamientos de la defensa Tomei insistió sobre la nulidad de la investigación al considerar que hubo errores técnicos en las declaraciones indagatorias, algo que fue rechazado por el juez que intervino en la causa y que está en instancia de apelación en la Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires.

Lo cierto es que con la declaración de los imputados que se reconocieron en el lugar del hecho, en los videos, y con las pruebas presentadas en el expediente, tanto la nulidad como el pedido de absolución quedarían prácticamente fuera de juego.

Excepto que el tribunal considere que, después de 13 audiencias, no hay elementos suficientes para ubicar a alguno de los imputados en las acciones que derivaron en la muerte de Fernando Báez Sosa, algo improbable por la cantidad de pruebas y testimonios directos.


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