Femicidio de Corina Mabel Mena: revocan la prisión domiciliaria de Jorge Octavio Linco y vuelve a la cárcel

Un Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló por unanimidad el beneficio otorgado al condenado. El fiscal Gastón Ávila había advertido sobre un inminente riesgo de fuga frente a la pena de prisión perpetua.

Por Redacción

Femicidio de Corina Mabel Mena: revocan la prisión domiciliaria de Jorge Octavio Linco y vuelve a la cárcel

En un giro clave para la causa, un Tribunal de Impugnación revocó por unanimidad la prisión domiciliaria de Jorge Octavio Linco, el hombre declarado culpable por un jurado popular por el femicidio de Corina Mabel Mena. Con esta resolución, la Justicia ordenó su inmediata detención y traslado a un establecimiento policial, donde esperará la imposición de su condena.

La decisión fue adoptada por las juezas Florencia Martini y Liliana Deiub, y el juez Nazareno Eulogio. El tribunal hizo lugar a los recursos presentados por el fiscal jefe Gastón Ávila y por la querella que representa a la familia de la víctima, al considerar que el fallo anterior —que le había permitido a Linco irse a su casa con monitoreo electrónico— incurrió en una interpretación “irrazonable” de la ley local y afectó las garantías del proceso.

El debate por los plazos de la prisión preventiva


El eje de la controversia judicial giraba en torno al límite de tiempo de la prisión preventiva. Previamente, las juezas Carolina González y Laura Barbé (con la disidencia de Leticia Lorenzo) habían interpretado que el plazo máximo de un año de detención vencía recién cuando terminara por completo el juicio, incluida la fijación de los años de pena. Como la audiencia de cesura aún no se realizó, le otorgaron la domiciliaria.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación respaldó de forma categórica la postura del Ministerio Público Fiscal:
El plazo máximo de un año de prisión preventiva rige únicamente hasta el dictado del veredicto de responsabilidad. Una vez que el jurado popular declara la culpabilidad del imputado, ese límite temporal deja de regir.


Alto riesgo de fuga ante la prisión perpetua


Durante la audiencia, el fiscal Gastón Ávila argumentó con firmeza que el riesgo de fuga de Linco se mantiene más vigente que nunca. Al haber sido declarado culpable de femicidio, la única pena posible que deberá afrontar es la de prisión perpetua, lo que incrementa exponencialmente las intenciones de evadir a la justicia.

A su turno, la querella adhirió al planteo fiscal y remarcó que otorgarle la domiciliaria carecía de fundamentación, afectando de forma directa la tutela judicial efectiva de las víctimas y los tratados internacionales de debida diligencia reforzada en casos de violencia de género.
Por su parte, el abogado defensor, Carlos Fernández, había solicitado la libertad de Linco o mantener el arresto domiciliario alegando que se debía aplicar la ley procesal más benigna por considerar los plazos vencidos, requerimiento que fue totalmente desestimado.

Con este escenario, Jorge Octavio Linco esperará tras las rejas la audiencia de determinación de la pena (cesura), la cual quedó programada para el próximo 30 de junio, fecha en la que se oficializará su condena a prisión perpetua.


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