Femicidio de Mabel Mena en Junín de los Andes: revocan la prisión domiciliaria a Jorge Octavio Linco y seguirá tras las rejas

Un tribunal revisor anuló por mayoría el beneficio otorgado por el juez de garantías al considerar que hubo arbitrariedad y riesgo de fuga. El acusado del crimen de Corina Mabel Mena continuará en prisión preventiva a la espera de un nuevo juicio por jurados.

Redacción

Por Redacción

Femicidio de Mabel Mena en Junín de los Andes: revocan la prisión domiciliaria a Jorge Octavio Linco y seguirá tras las rejas

Femicidio de Mabel Mena en Junín de los Andes: revocan la prisión domiciliaria a Jorge Octavio Linco y seguirá tras las rejas

Un tribunal revisor hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) y dejó sin efecto la prisión domiciliaria otorgada a Jorge Octavio Linco, imputado por el femicidio de Corina Mabel Mena, cometido en la ciudad de Junín de los Andes. Con este fallo, el acusado deberá continuar en prisión preventiva, al menos, hasta el próximo 8 de diciembre.

La resolución se adoptó tras la audiencia judicial en la que la asistente letrada del MPF, Lucila Maggiora, solicitó revocar el beneficio concedido el pasado 18 de septiembre por el juez de garantías Pombo. La postura de la fiscalía contó con el respaldo explícito de la abogada querellante, Lorena Miani, en representación de la familia de la víctima.

Los fundamentos de la fiscalía y la advertencia por riesgo de fuga


Durante su exposición, la representante del MPF argumentó la necesidad imperiosa de reestablecer la detención en una unidad carcelaria y remarcó que «existe riesgo de fuga» en caso de que el imputado quede en un domicilio particular.

También calificó la decisión del juez Pombo como «arbitraria» y desprovista de sustento legal sólido.

Uno de los puntos más controvertidos del fallo de primera instancia fue que el magistrado de garantías le otorgó un plazo de siete días a la defensa para presentar un domicilio adecuado —debido a que el propuesto originalmente no cumplía los requisitos de control—, por lo que decidió extender la prisión preventiva previa durante ese lapso.

Arbitrariedad y contradicción judicial


El tribunal revisor —integrado por los jueces Lisandro Borgonovo, Juan Pablo Encina y Eduardo Egea— resolvió revocar la domiciliaria mediante el voto mayoritario de los dos primeros.

En su argumento central, los magistrados señalaron severas incongruencias en la actuación de la instancia previa: «Existió arbitrariedad en la decisión del magistrado, manteniendo detenido al acusado 7 días más. Si hubiese considerado que cesaba la prisión preventiva, la determinación de la libertad debió ser inmediata, no mantenerla cuando ya la consideraba ilegítima. El juez fue contradictorio en su resolución».

Un proceso judicial complejo y un nuevo juicio en marcha


El debate sobre la medida cautelar se desencadenó luego de que el Tribunal de Impugnación (T.I.) anulara, el pasado 15 de septiembre, la condena a prisión perpetua que pesaba sobre Linco y ordenara la realización de un nuevo juicio por jurados.

El T.I. tomó esa determinación tras advertir que el veredicto del primer jurado popular presentaba inconsistencias insalvables: por un lado declaró al acusado culpable de homicidio y lesiones, y simultáneamente sostuvo que era «no culpable por inimputabilidad».

Al resultar jurídicamente imposible sostener una culpabilidad e inimputabilidad en un mismo fallo, el pronunciamiento careció de validez como condena o absolución. Tras la anulación, la defensa de Linco argumentó el vencimiento del plazo anual de detención para solicitar la domiciliaria, medida que finalmente fue dejada sin efecto por el tribunal de revisión.


Un tribunal revisor hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) y dejó sin efecto la prisión domiciliaria otorgada a Jorge Octavio Linco, imputado por el femicidio de Corina Mabel Mena, cometido en la ciudad de Junín de los Andes. Con este fallo, el acusado deberá continuar en prisión preventiva, al menos, hasta el próximo 8 de diciembre.

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