Indemnización millonaria en Río Negro: fue a una fiesta, se resbaló en el baño y terminó en cirugía
El fuero Civil de Cipolletti condenó al titular de un salón de Fernández Oro a pagar millones por la caída de una mujer en un baño durante un cumpleaños.
La celebración de un cumpleaños en Fernández Oro terminó con un hecho inesperado y consecuencias graves para una mujer que asistía como invitada. En medio de la fiesta, sufrió una caída en el baño del salón por una pérdida de agua en el piso, lo que derivó en una fractura multifragmentaria en la muñeca izquierda y una posterior cirugía.
La Justicia Civil de Cipolletti hizo lugar a la demanda iniciada por la víctima y condenó al titular del salón de eventos a pagar una indemnización millonaria de $16.871.450,27, más intereses. El fallo consideró que existió incumplimiento del deber de seguridad en el marco de una relación de consumo.
El accidente y las secuelas
Según relató la mujer, la madrugada del cumpleaños se dirigió al baño y, pese a caminar con precaución, resbaló en un charco de agua provocado por una pérdida. Fue asistida por otros invitados y trasladada primero a una posta sanitaria, luego al hospital de Allen y, finalmente, al Sanatorio Río Negro de Cipolletti.
Allí fue sometida a una cirugía en la que se le colocaron una placa de titanio y ocho tornillos. La recuperación demandó varias semanas de inmovilización y más de 30 sesiones de kinesiología. Una pericia médica determinó una incapacidad del 21,8 por ciento, con limitaciones funcionales persistentes que afectaron su vida cotidiana y laboral.
La demanda judicial
La mujer promovió una demanda civil contra el titular del salón. Argumentó que el servicio ofrecido presentaba condiciones riesgosas, lo que violaba el deber de seguridad previsto en la Ley de Defensa del Consumidor. En ese sentido, su participación como invitada se encuadraba en una relación de consumo.
Durante el proceso, se incorporaron mensajes enviados por la organizadora del evento al propietario del salón, en los que le informaba sobre el accidente y le pedía los datos del seguro. Además, declararon cuatro testigos que confirmaron la presencia de agua en el piso del baño y la situación de conmoción de la víctima tras la caída.
La respuesta de la aseguradora
La aseguradora citada reconoció que existía una póliza vigente de responsabilidad civil. Sin embargo, rechazó el reclamo y aportó copias del contrato y de la denuncia del siniestro realizada por el asegurado.
El tribunal tuvo en cuenta esas pruebas, pero concluyó que el accidente ocurrió dentro del salón y que el piso mojado tuvo relación directa con la caída. Aplicó la responsabilidad objetiva del proveedor de servicios según el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor.
El fallo y la indemnización
La sentencia ordenó al titular del salón y a la aseguradora pagar $16.871.450,27 en concepto de daños y perjuicios, más intereses desde el hecho hasta el efectivo pago. El monto incluye indemnización por incapacidad física, daño moral y gastos médicos, descontando lo ya abonado por la aseguradora en concepto de dación en pago.
El fallo todavía no está firme, ya que puede ser apelado por las partes. Mientras tanto, marca un nuevo hecho en la provincia sobre la aplicación de la normativa de defensa al consumidor en accidentes ocurridos en eventos sociales.
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