Juicio por YPF: extendieron el plazo para que la Argentina deposite la garantía

La jueza Loretta Preska accedió al pedido de los abogados de Argentina de extender el plazo para la entrega de activos, luego de que se eximiera al país del pago de 16 mil millones de dólares. El fallo tomó en consideración el cambio de Gobierno que se avecina.

La Justicia de Estados Unidos extendió hasta el 10 de enero el plazo para que la Argentina deposite una garantía y pueda evitar embargos, en medio del juicio por la expropiación de la petrolera de bandera, YPF.

Es que tras conocerse los resultados de la elección presidencial, la jueza Preska concedió atribuciones a Argentina. Mientras se espera una sentencia firme para el fallo que obliga a la República a pagar 16.100 millones de dólares al fondo buitre Burford Capital por la forma en que se nacionalizó la compañía en 2012, accedió a eximir el pago de una fianza por el monto total del juicio, que era imposible de pagar por el país. A cambio, sugirió que aporte otros activos inicialmente antes del 5 de diciembre, como garantía para evitar embargos.

“Se concede la solicitud de la demandada República Argentina para ampliar el plazo del 5 de diciembre y la suspensión provisional de la ejecución. […] El tribunal recuerda a la República que, como condición para la suspensión de la ejecución con mínima seguridad, le exigió solicitar una revisión acelerada ante el Tribunal de Apelaciones, no es una cuestión de acuerdo entre las partes”, dice el fallo firmado por la jueza Loretta Preska.

En esa línea, confirma la extensión del plazo: “Para adaptarse a la nueva administración en Argentina, la Corte permitirá hasta el 10 de enero que la República entregue los activos a los Demandantes, como se indica en la orden de la Corte del 21 de noviembre”.

Asimismo, también alargaron una semana el plazo -hasta el 30 de enero-para que las autoridades nacionales presenten el escrito de apertura y soliciten la revisión acelerada al Tribunal de Apelaciones: “La suspensión temporal de la ejecución permanecerá en vigor hasta que la República no haya prometido activos a los demandantes antes del 10 o 30 de enero, lo que ocurra primero”.

“Una vez que se cumplan ambas condiciones, es decir, pignorar los activos según lo dispuesto en la orden del 21 de noviembre y solicitar un tratamiento acelerado en el Tribunal de Apelaciones de conformidad con el calendario de presentaciones informativas ahora modificado por las partes, a más tardar el 30 de enero de 2024, se concede a la República una nueva suspensión de la ejecución en espera de apelación”, cierra el documento que compartió el analista Sebastián Maril y especialista en el caso.


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Este fallo responde al pedido que envió el Gobierno hace dos días, en el que buscaba dilatar la responsabilidad hasta que el presidente electo asuma la Presidencia: “El presidente electo prestará juramento el 10 de diciembre y se espera que la nueva administración nombre nuevos líderes para el gabinete y los ministerios de la República a partir de esa fecha. Dada la transición, la República solicita respetuosamente que la decisión provisional de ejecución de la sentencia definitiva vigente hasta el 5 de diciembre y el plazo concurrente del 5 de diciembre para pignorar ciertos activos como condición de una nueva suspensión, se extiendan hasta no antes del 10 de enero”.

En la solicitud enviada, explica: “Los abogados de la República han consultado con los abogados de los demandantes, quienes han dicho que se oponen a cualquier extensión, a menos que la República primero acuerde un cronograma acelerado para la apelación, una de las dos condiciones de suspensión en la orden del tribunal del 21 de noviembre. La República no puede aceptar esta condición porque privaría a la nueva administración de la capacidad de evaluar la totalidad de la orden judicial”.

“Acelerar el cronograma de presentación de informes en la apelación sería un desafío porque los demandantes presentaron una apelación cruzada e YPF, en respuesta, presentó una apelación cruzada, las cuales requerirán información adicional. Además, la nueva administración ya tendrá un tiempo limitado entre el momento en que asuma el cargo y la fecha límite para el escrito inicial de la República para analizar las complejas cuestiones en apelación y revisar el borrador”, había señalado el Gobierno.


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Entre los activos que sugirieron los buitres como alternativa al bono de 16.100 millones de dólares de fianza, se encuentra el 26 por ciento de la participación accionaria que tiene el Estado Nacional ( el 25 restante es propiedad de las provincias) en la compañía y un crédito a cobrar por parte del gobierno de Paraguay en la construcción de la represa generadora de energía binacional de Yacyretá. También intentaron con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad que la jueza omitió porque la ley argentina exige que los fondos de pensiones «sólo podrán destinarse al pago de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino».


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