La Corte frenó la derogación de la Ley de Tierras: por qué tomó la decisión y cuáles son los próximos pasos

La resolución fue firmada por los ministros de la Corte Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Diego Barroetaveña (Cámara Federal de Casación Penal) y Juan Ignacio Pérez Curci (Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza). El paso principal a seguir es la devolución del expediente al Juzgado Federal de Bariloche.

Por Redacción

La Corte frenó la derogación de la Ley de Tierras

La Corte Suprema dispuso suspender de manera temporal los efectos del artículo del DNU de Javier Milei que derogaba la Ley de Tierras Rurales. Con este fallo, vuelven a regir las restricciones de la Ley 26.737 sobre la venta de inmuebles rurales a extranjeros.

De acuerdo a lo establecido en la sesión de urgencia que se realizó este viernes, la medida estará vigente hasta que la Justicia se pronuncie sobre la constitucionalidad del punto cuestionado.

Por qué la Corte frenó la derogación de la Ley de Tierras


El máximo tribunal decidió adoptar esta medida de forma preventiva con el fin de «evitar eventuales daños irreparables sobre los recursos naturales y la biodiversidad». En la sesión se consideró que el reclamo de la demanda se vincula de forma directa con la protección del medio ambiente y el derecho a un entorno sano, el cual se consagra en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

A través del fallo emitido en la causa «Árbol de Pie», los jueces remarcaron que el trámite del expediente en los tribunales inferiores había dejado sin tratamiento ni respuesta oportunida los pedidos de cautelar planteados por los demandantes.

Frente a este escenario, la Corte argumentó la necesidad de aplicar una tutela judicial efectiva de carácter urgente para garantizar el resguardo del bien jurídico tutelado mientras se tramita la causa.

El nuevo fallo se logró debido a que a la firma de los ministros de la Corte Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, se sumó la de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.

La incorporación de los conjueces respondió a que no se alcanzó la mayoría entre los ministros del tribunal para definir la cuestión. Por su parte, el ministro Carlos Rosenkrantz votó en desacuerdo, al considerar que el máximo tribunal carecía de competencia directa para dictar una medida cautelar y que la causa debía remitirse directamente al juzgado de origen para su resolución.

Ley de Tierras: los próximos pasos tras la definición de la Corte


Tras la intervención de la Corte Suprema, las actuaciones y los próximos pasos procesales se estructuran de la siguiente manera, según lo detallado por Infobae:

  • Remisión al juzgado de origen: el expediente vuelve al Juzgado Federal de Bariloche, donde se radicó originalmente el amparo.
  • Evaluación de la legitimación: el tribunal de primera instancia deberá resolver de forma prioritaria la legitimación activa de los demandantes para impulsar la acción ambiental.
  • Resolución sobre la cautelar y el fondo: se analizará la solicitud de la medida cautelar definitiva y, posteriormente, se dictaminará sobre el planteo de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.

La Corte remarcó que hasta tanto no haya un pronunciamiento formal, se mantendrá la suspensión de la derogación de dicho artículo, preservando las restricciones de la Ley de Tierras para la compra de inmuebles rurales por parte de extranjeros.


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