Megabanda de boqueteros: la Corte le cerró la puerta a Forno y uno de sus aliados se fugó

Las condenas para los integrantes de la banda que realizó 19 robos violentos en la región quedaron firmes. Uno de ellos, que estaba en libertad, logró fugarse anoche. 

La Corte Suprema rechazó la queja presentada por la banda de José Eligio Forno y le dio un fuerte espaldarazo no sólo al tribunal sino a la Policía que investigó. De todos modos, cuando salieron los allanamientos para detener a los que estaban libres José Nondedeu alcanzó a fugarse desde Allen.


La algarabía duró poco en el mundillo policial y judicial de Cipolletti.
Es que el rechazó de la Corte Suprema, en el plano de la interpretación, significó un fuerte apoyo a la Policía que investigó, al juez de instrucción Santiago Márquez Gauna que después acusó en juicio y al tribunal integrado por Alejandra Berenguer, Laura Gonzalez Vitale y Marcelo Gómez, quienes ratificaron la constitucionalidad de las escuchas telefónicas.


Pero no todo es color de rosa. La banda tenía dos integrantes en libertad porque las condenas no estaban firmes y apenas llegó la confirmación de la Corte, salieron las órdenes de allanamiento y detención para Juan Surber, que tenía cuatro años de prisión unificados, y José Nondedeu con una unificación de tres años efectiva. Nondedeu se fugó anoche desde su domicilio de Allen y sobre él ya pesa un pedido de rebeldía y captura.


La causa de Forno fue, sin dudas, la más compleja de toda la provincia. No sólo por la astucia con la que actuó la banda (afortunadamente no se encuentran demasiadas bandas con este grado de sofisticación) sino porque llegaron a acumular 19 hechos entre robos calificados, robos con escalamiento y boquetes.

El juicio de responsabilidad demandó 35 audiencias que se realizaron desde el 1 de octubre hasta el 28 de diciembre de 2018 y que incluyeron la declaración de 144 testigos. El juicio de cesura se realizó entre mayo y junio y con otras cuatro audiencias fijadas en bloques de ocho horas cada una.


El tribunal que realizó el juicio en el caso de la asociación ilícita comandada por José Eligio Forno condenó a seis de sus integrantes a las penas de 30, 25, 23, 25, 15 y 12 años de prisión.

Sin embargo, como la mayoría de ellos arrastraba antecedentes de otras condenas hubo tres unificaciones que superaron los 30 años de prisión. Son los casos de Forno (33 años), de Gustavo Curruhinca (31 años) y de Benito Pereira Cannuillan (33 años).


El resto de las personas que fueron sometidas a juicio recibieron condenas por robos en distintas modalidades: robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda; robo con armas de fuego y robo con escalamiento. Las penas para estas personas alcanzaron los 15 años en un caso, los siete años y seis meses en otro y los dos años y seis meses de prisión efectiva.


Sólo en tres casos se dictaron prisiones en suspenso de tres años con pautas de conducta, entre ellas una prohibición de tomar contacto con las víctimas por cualquier medio o de acercarse a sus comercios. Esos tres casos son los de Manuel Meneses, Gustavo Roche e Ingrid Muñoz ya que ninguno de ellos tenía antecedentes penales. También hubo un segundo juicio de cesura para Sandro Gerez Derves quien fue declarado culpable, luego se fugó y fue capturado en Santa Fé.


Las juezas Alejandra Berenguer, Laura González Vitale y el juez Marcelo Gómez destacaron, en el fallo, la labor “realizada por los integrantes del Cuerpo de Investigación Judicial que participaron en la tarea de investigación de los hechos ventilados en juicio. teniendo en cuenta el resultado obtenido, la escasez de medios puestos a su disposición, valorando la dedicación que se trasuntó aún en las exposiciones testimoniales en audiencia y la compilación de la cuantiosa información producto de las intervenciones telefónicas, oficiando a la Policía de la Provincia de Rio Negro, a los fines de que conste este reconocimiento en sus respectivos legajos”.

Con la detención de Surber, sólo resta Nondedeu para darle el broche final a la causa. Ahora comenzarán una seguidilla de trámites vinculados a unificaciones y cómputos de pena. Forno, por ejemplo, arrastra otra condena por estafas de cuando era empleado judicial y firmó oficios con órdenes de pago que no correspondían. En esa causa le dictaron otros siete años de prisión.


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