Lo condenan por violencia de género pese a la oposición de la víctima

El caso ocurrió en el norte neuquino. El imputado recibió una pena en suspenso y tiene prohibido acercarse a la localidad en la que reside su expareja por dos años.

En el Poder Judicial de Neuquén no impera un criterio único ante los casos de violencia de género. Quedó demostrado una vez más con la condena impuesta el viernes pasado a seis meses de prisión en suspenso a un hombre que golpeó y lastimó a su pareja en una localidad del norte neuquino. En diciembre, otra jueza había decidido aplicar una suspensión de juicio a prueba a pedido de la víctima, una mujer en estado de vulnerabilidad con tres hijos que necesita que el hombre sea sostén económico de la familia.

La suspensión de juicio a prueba, que había sido dispuesta por la jueza Carina Álvarez tras escuchar a la víctima en una audiencia, fue impugnada por el fiscal jefe de Chos Malal, Fernando Fuentes.

En febrero, un Tribunal de Impugnación decidió que el imputado debía ir a juicio y recibir una condena, si lo encontraban culpable.

El viernes, en una audiencia ante el juez Mario Tommasi, la fiscal del caso Natalia Rivera y el defensor público Juan Pablo Dirr llegaron a un acuerdo. El imputado, de 57 años, fue declarado responsable de lesiones leves agravadas por el vínculo y por ser cometidas contra una mujer mediando violencia de género, y le impusieron 6 meses de prisión en suspenso.

Además, no podrá mantener contacto con la víctima ni pisar la localidad donde vive por el término de dos años. El individuo reside en la actualidad en Neuquén capital.


Sí a la suspensión de juicio a prueba


En la audiencia de diciembre, cuando le otorgaron la suspensión de juicio a prueba, la pareja del imputado le había dicho a la jueza Álvarez: «Yo lo que no quiero es que él me moleste más. Quiero que él me ayude con mis hijos. Hoy en día se me está poniendo tan difícil… Yo necesito que ellos estudien. Hoy si no tenés estudios no vas a ningún lado, y yo no quiero eso para mis hijos, no quiero que pasen por lo mismo que pasé yo».

El fiscal jefe Fuentes tuvo otra postura: «la víctima asocia condena con ir preso, y la fiscalía no quiere que vaya preso, sino que tenga una sanción por lo que hizo. Hay alternativas para explorar».

En su resolución, que luego fue revocada, la jueza Álvarez señaló que «no hay que subestimar a las personas cuando toman una decisión así (…) ella no quería una condena porque sabe que esa es una mancha que queda para siempre, y se le iba a dificultar conseguir trabajo».


No a la suspensión del juicio a prueba


El Tribunal de Impugnación, que ordenó el nuevo juicio que se realizó el viernes, estableció otro criterio. «Existe una pericia que da cuenta de una situación de dependencia económica, psicológica, y de vulnerabilidad de la víctima».

«La violencia de género es trasversal; no entendemos que so pretexto que la suspensión de juicio a prueba ha sido consentida, solucione el conflicto», dijeron en el fallo Fernando Zvilling, Federico Sommer y Florencia Martini.


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