La Justicia interviene para que reparen casas con filtraciones en un plan de viviendas

Se trata de una mujer que, con sus dos hijos, uno de ellos bebé, debieron mudarse porque la casa en la que vivian tiene filtraciones. Las empresas de luz y gas cortaron el servicio por los riesgos que implicaba.

A través de una “acción de daño temido”, la Justicia provincial busca acercar una solución para dos familias que viven en las 350 Viviendas de Cipolletti. Las viviendas se entregaron en 1984, y desde entonces no han recibido ningún mantenimiento. Sufren filtraciones y las empresas proveedoras de servicios, tanto de gas como de electricidad, ya interrumpieron el suministro por los riesgos que se generan.

La acción de daño temido es una medida cautelar que tiene a la protección de los bienes muebles e inmuebles que estén en un edificio u otra casa construida y cercana a los bienes en peligro.

En este caso, se tramitó ante el Juzgado Civil 9 de Cipolletti, que está a cargo del juez Federico Corsiglia. La mujer que vive en la planta baja tiene dos niños, y uno de ellos es un bebé de tres meses. Está asesorada por un abogado y además también interviene la defensoría de menores de Cipolletti.

En el primer piso, viven dos adolescentes, una de ellas de 18 años.

La mujer tuvo que mudarse ya que su departamento se inundó, y además no tiene los servicios básicos.

Al momento de realizar la mudanza, intervino el personal de Defensa Civil de Cipolletti y el área de Desarrollo Social de la provincia, que le brindaron asistencia.

Los diferentes informes técnicos, tras las inspecciones, concluyeron que los inmuebles no tuvieron mantenimiento a lo largo de más de 30 años, que poseen filtraciones y reparaciones deficientes inconclusas.

Intervinieron peritos del IPPV (Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro) , profesionales designados por el juez, y técnicos de las empresas Edersa y Camuzzi, que luego de las inspecciones, optaron por interrumpir el suministro por el riesgo que representaba.

El juez ordenó al IPPV que arreglen en carácter de urgente y dentro de 45 días: filtraciones, mantenimiento de muros y cielorrasos, reemplazo de pisos en cocina y baños, revestimiento de cañerías y de muros y/o pisos donde falten azulejos y pisos, colocación de pastina para evitar filtraciones.

Fue “solo a modo enunciativo sin perjuicio de las restantes reparaciones que pudieren surgir en el desarrollo de las tareas y que sean imposibles de determinar con anticipación”, dice el fallo.

Las personas que habitan los inmuebles, luego de las reparaciones, deberán realizar las tareas relacionadas con la reinstalación de los servicios básicos de luz y gas.

El juez también dispuso la intervención del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, en función de la situación de los ciudadanos que habitan los departamentos, de la presencia de niños, niñas y adolescentes, y a los fines de “encausar desde las competencias que le son propias” el acompañamiento de esas personas.

El magistrado advirtió que encomienda las reparaciones al IPPV porque es el organismo que se encuentra en mejores condiciones de ejecutarlas “y lo es con prescindencia de las responsabilidades que quepan y puedan ser materia de un eventual proceso de conocimiento posterior”, explica el fallo.


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