La Procuradora planea cambios sin esperar la reforma

Silvia Baquero propone otras formas de trabajo de los fiscales. Adelantó que medirá la eficiencia de la gestión.

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La Procuradora Silvia Baquero Lazcano entendió que el ministerio público tendrá cambios estructurales y, además, consideró que se pueden “cambiar la forma de investigar”, sin esperar la reforma del Código Procesal.

También, expresó que los fiscales deben tener una actividad más personalizada, planteando la reformulación de la estructura, con “más cabezas que resuelvan y menos personal para delegar”.

En una entrevista con DeViedma, la Procuradora adelantó una revisión de las estadísticas para medir la eficiencia. Requirió que los delitos con autores desconocidos (esencialmente, los hurtos y robos) no pueden reducirse a un nuevo registro o “cambio burocrático”. Insistió en la autonomía de los fiscales pero habló de “prudencia y seriedad” en sus acciones, pregonando que “cuando se actua de deber tener la certeza de la existencia de un delito y se tiene la facultad para iniciar una investigación preliminar”.

Silvia Lazcano, jefa de los fiscales y defensores, lleva tres meses al frente de la Procuración. Advirtió que “primero, hay que hacer un diagnóstico” y “tener un análisis de la gestión. Estamos fijando otros indicadores para medir la gestión porque las estadísticas manejadas arrojan un número pero no permiten evaluar cómo vamos. Ya se está capacitando cómo cargar”.

Pero, inicialmente, cuáles son los propósitos planteados?.

Se establecieron dos líneas: lograr una mayor efectividad de los fiscales en el esclarecimiento de los hechos con autores desconocidos. No saber cuántas causas ingresaron sino saber cuán efectiva fue su investigación. Concretamente, no efectuar sólo un pase de la comisaría a la fiscalía para registrar, es decir, un cambio únicamente burocrático. No se investiga y no se establece un patrón. Se deben trazar líneas de investigación. De nada sirve un registro y de eso no se aclare nada. La otra línea es aumentar la efectividad en las soluciones alternativas de los conflictos. No todas las denuncias ameritan seguir una vía judicial y llegar a una sentencia.

¿Que evaluación efectúa del trabajo de los fiscales?.

Deben tener una intervención mucho más personalizada. No sirve el fiscal en un escritorio. Ante hechos graves, debe estar en el lugar y aceitar las formas de comunicación con la Policía y los juzgados. Deben tener mayor presencia en los centros de detención, incluso en las comisarías, con cronograma de visitas y los voy a acompañar. Servirá para controlar y actuar a tiempo. Pretendo que sea una práctica rutinaria. Una actividad personalizada y lo mismo para defensa que debe facilitar el acceso a la Justicia del más vulnerable.

¿La reforma del Código introducirá al fiscal más en la investigación?.

Es necesario ir al proceso acusatorio para no confundir roles de los fiscales y jueces. Igualmente, se pueden establecer modificaciones y cambios en la forma en la que estamos investigando, sin la reforma. La efectividad está en esclarecer los hechos en cuanto a las circunstancias materiales y saber quiénes fueron sus autores independientemente de la condena o absolución.

Una compleja problemática radica en la resolución de las denuncias contra la administración pública y su implicancia política. Justamente, está en plena difusión las derivaciones de las acusaciones del gobernador Weretilneck contra el intendente Martín Soria. ¿Cómo participar y actuar equilibradamente?.

El Procurador traza la política de persecución penal y sus instrucciones -como la del Fiscal General- son de carácter general. No puede dar directiva concreta a un fiscal, que tiene libertad y autonomía funcional. No dare opinión a causa determinada. En líneas generales, cualquier fiscal tiene la obligación de actuar frente al conocimiento de un hecho de acción pública pero, a veces, ese conocimiento puede no tener el alcance que exige el Código, un hecho con todas las circunstancias. En eso exijo prudencia y seriedad de los fiscales, es decir, actuar con la certeza de la existencia del delito y tiene la facultad de iniciar una investigación preliminar para poder fijar correctamente qué hecho promoverá la acción penal para que el juez investigue.

DeViedma


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