La prórroga de las concesiones petroleras
MIGUEL ANTONIO SRUR (*)
Río Negro producía en septiembre del 2009 unos 5.613 m3 de petróleo por día, aproximadamente el 6,48% de la explotación nacional. Y 2.183 Mm3 de gas por día: el 1,68% de lo que extraía el país. En el 2009 la producción de gas creció 7,7% respecto del año anterior y 21,3% con respecto al 2006. Pero la de petróleo cayó entre el 5 y el 8%, en forma paralela a la disminución registrada a nivel nacional. En el 2009 percibió unos $ 245 millones por regalías petroleras, más o menos el 9% del presupuesto anual. Las regalías (12% de la producción) se liquidan a las provincias por el gobierno nacional en base a precios políticos que él mismo determina, muy inferiores a los precios reales de mercado. Las reservas comprobadas de petróleo en el año 2004 eran de 9.608 millones de m3. En el 2008 eran de 4.813 m3, o sea que bajaron a la mitad. Y las de gas a la cuarta parte, según el sitio de la Secretaría de Energía de la Nación. La explotación se realiza por 28 contratos de concesión; 22 vencerán antes del 2020. Fueron originalmente pactados por el gobierno nacional (ley 17.319) y transferidos en el 2007, o sea después de la reforma constitucional de 1994 que reconoció la propiedad de las provincias sobre los recursos energéticos. Y también mínimamente por una empresa estatal, Edhipsa, creada por Massaccesi en 1995 por ley 2.883, que tiene en producción yacimientos abandonados por YPF. En el 2009 extrajo 10.128 m3 de petróleo y 4.398.503 Mm3 de gas. Tal el panorama, en apretada síntesis, del modesto negocio hidrocarburífero provincial, que padece una inexplicable falta de información oficial. Nunca pudimos obtener copias de los contratos y ahora el gobierno informa que no existen porque son meras resoluciones administrativas de la Secretaría de Energía de la Nación. Más grave todavía, porque no sabemos cuáles fueron los cargos impuestos a las empresas, si es que se les ha impuesto alguno. ¿Qué haría un buen gobernante con este balance energético? Ampliar las reservas, incrementar la producción, acrecentar la renta petrolera provincial, industrializar en origen, capacitar recursos humanos, promover el estudio científico y el control tecnológico de la gestión de los yacimientos, preservando el medio ambiente. ¿Qué hará el actual gobierno? Proyecta prorrogar los 25 años de vigencia de las actuales concesiones por 10 años más, conforme al artículo 35 de la ley nacional 17.319. Aún no ha sido publicado un anunciado proyecto de ley marco para prorrogar las concesiones, por lo tanto no sabemos cuál es la conveniencia de llevarlas hasta el 2025 y el 2030 ni en qué términos se pretende negociar. Por boca de anunciantes oficiales, sabemos que pretenden aumentar las regalías al 17% y cobrar un “canon de renegociación” estimado en cien millones de dólares. Según el gobernador, el plazo de las concesiones actuales es “un obstáculo” para las inversiones petroleras, ya que sus amortizaciones financieras tienen “un horizonte de largo plazo” que “supera el vencimiento de las concesiones que se operan a partir del 2015”. No parece un fundamento sólido, pues todas las inversiones económicas se realizan en base a su amortización dentro del plazo del contrato. Absurdo pensar que alguien pueda hacer inversiones que no serán amortizadas totalmente durante la vigencia de la concesión. Por lo cual, si el plazo se amplía en 10 años más, seguramente seguirán operando con las mismas instalaciones que ya tienen cumplida su vida útil y muchas maquinarias obsoletas: nada se incorporará que no se amortice durante la prórroga. La caída de las reservas comprobadas hace presumir que la inversión en exploración fue insuficiente o nula y que el único objetivo es apurar una explotación que, además, habría que analizar si es racional y preservadora del recurso, conforme a las exigencias de la técnica extractiva. Por tanto toda nueva inversión irá dirigida a extraer lo poco o mucho que quede en el yacimiento dentro del nuevo plazo de vigencia del contrato y nada se destinará a exploración, porque son inversiones que sólo se amortizan en el mediano y largo plazo. En cambio las inversiones en explotación se recuperan en uno o dos años. Tratarán de agotar el yacimiento, o sea que resultará una política contraria al objetivo de ampliar las reservas. La ley autoriza la prórroga previa acreditación del “buen cumplimiento” del contrato. Esta exigencia se puede valorar recién al final del contrato (antes de seis meses de su vencimiento, dice la ley); pero es imposible hacerlo anticipadamente cuando faltan entre cinco años para que venza el primero y 16 para el último. Además existe una acusación de la defensora del Pueblo de “grosero incumplimiento de las concesionarias” que obliga a la investigación en el tiempo transcurrido de cada concesión. Por la naturaleza del contrato de concesión, el concesionario debe pagar periódicamente un canon o porcentaje sobre la producción. Sobre el “canon por renegociación” que se aplicaría –según anuncios del gobierno– tendrá que definirse en qué consiste, cómo se calcula y cuál es la causa de tal imposición. Se trataría de un pago único al convenirse la prórroga. La pregunta que se impone es: ¿no sería una forma de encubrir la venta del yacimiento o el precio que pagarán las concesionarias por su compra? Según el artículo 78º de la Constitución provincial, los yacimientos son bienes del dominio público del Estado, o sea que no se pueden vender. ¿Nuestro gobierno pretende vender nuestros yacimientos de hidrocarburos? ¡Esto sería de muy graves consecuencias! Tampoco creo que las empresas se embarquen en semejante aventura, dada la inseguridad jurídica que implica celebrar un contrato viciado de nulidad absoluta. Por otro lado, el pago de dicho “canon” será calculado por las empresas en relación a la calidad y cantidad comprobada del hidrocarburo existente y ello será, en definitiva, un anticipo del resultado de la explotación durante la vigencia de la prórroga. En otros términos, no lo pagarán las empresas: lo terminará pagando la provincia con la pérdida de su reserva energética. Pero lo más importante es que el recurso energético –por ser un bien escaso y no renovable– no se puede usar para enjugar el déficit de caja. Tanto el gobernador como la Legislatura deben cumplir con la Constitución provincial. Su artículo 79º, que después sirviera de precedente para la redacción de la reforma de la Constitución nacional de 1994, exige con precisión poco común en una norma de ese rango lo siguiente: la explotación se otorga por ley y no por decreto, como lo estableció el artículo 3º de la ley 4.296 del 2008, que es manifiestamente inconstitucional (se trata además de un decreto de “necesidad y urgencia” que no fue aprobado por la Legislatura, o sea no es sustancialmente una “ley”); el Estado debe intervenir en los planes de exploración y explotación para preservar el recurso; castigar la explotación irracional; asegurar inversiones sustitutivas en las áreas afectadas antes de su agotamiento para sostener la actividad económica; industrializar el mismo dentro del territorio provincial; controlar la extracción por terceros. Estos requisitos, como también la preservación del medio ambiente, están condicionando las atribuciones de los poderes públicos para el manejo de nuestros hidrocarburos, que no pueden quedar relegados por una simple vocación fiscalista en la obtención de dinero que, dicho sea de paso, tampoco iría destinado a la inversión de bienes de capital sino al mero pago de los gastos corrientes del Estado. (*) Ex diputado nacional, ex convencional constituyente, ex presidente de la Comisión Redactora de la Convención Constituyente. Ex presidente de Energía Río Negro Sociedad del Estado