Megabanda de boqueteros: ratifican prisión preventiva para uno de los que se fugó

La defensa pidió la excarcelación pero el tribunal confirmó hoy que no están vencidos los plazo. Está condenado a 25 años de prisión.


Sandro Gerez Derves, condenado a 25 años de prisión por su participación en la megabanda de boqueteros, seguirá detenido con prisión preventiva. Así se confirmó en una resolución conocida hoy y tal criterio anticipa la suerte del resto de los detenidos. La semana pasada el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó la queja interpuesta por los defensores y les cerró la vía para seguir interponiendo recursos. La fiscalía se opuso firmemente a cualquier tipo de beneficios.


Gerez Derves no cumplió las pautas de conducta impuestas por el tribunal y se fugó el año pasado luego del juicio de responsabilidad. Lo capturaron en Santa Fe a mediados de junio y en ese momento fue sometido al juicio de cesura. Recibió 25 años de prisión y le dictaron la preventiva.


Al cumplirse un año de la detención, la defensa pidió la excarcelación pero el tribunal confirmó hoy que no están vencidos los plazos. Utilizó para resolver el último fallo del STJ que rechazó las quejas interpuestas por los defensores de la megabanda y distintos fallos del Tribunal de Impugnación que también abordó el tema.


La investigación no tuvo precedentes en la región y a los líderes de la asociación ilícita les reprocharon una docena de robos entre asaltos a familias adineradas, boquetes en las empresas que incluían un trabajo de logística en la desactivación de alarmas y otros robos poco comunes en la zona. Todos los fallos ratificaron la legalidad de las escuchas telefónicas que sirvieron para conocer el entramado de la banda.

En junio de 2019 el tribunal de Cipolletti condenó a seis de los integrantes de la banda a las penas de 30, 25, 23, 25, 15 y 12 años de prisión. Sin embargo como la mayoría de ellos arrastraba antecedentes de otras condenas hubo tres unificaciones que superaron los 30 años de prisión. Son los casos del líder José Eligio Forno (33 años), de Gustavo Curruhinca (31 años) y de Benito Pereira Cannuillan (33 años).


El resto de las personas que fueron sometidas a juicio recibieron condenas por robos en distintas modalidades: robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda; robo con armas de fuego y robo con escalamiento.

Las penas para estas personas alcanzaron los 15 años en un caso, los siete años y seis meses en otro y los dos años y seis meses de prisión efectiva.
Sólo en tres casos se dictaron prisiones en suspenso de tres años con pautas de conducta, entre ellas una prohibición de tomar contacto con las víctimas por cualquier medio o de acercarse a sus comercios.


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