La Justicia frena un loteo de Suelo Urbano en Dina Huapi

Las tierras que había dispuesto la Municipalidad para el programa provincial formaban parte de una reserva fiscal de un barrio. La junta vecinal promovió una medida cautelar y un juez ordenó suspender la autorización de fraccionamiento por 90 días.

La junta vecinal de Dina Hue consiguió el dictado de una medida cautelar en la Justicia Civil que bloquea por 90 días la decisión del municipio de Dina Huapi de lotear la reserva fiscal de ese barrio para destinarlo al programa Suelo Urbano.

El presidente de la Cámara Civil y Comercial de Bariloche Federico Corsiglia decidió hacer lugar al planteo de los vecinos y ordenó suspender la resolución 28/22 de la intendenta Mónica Balseiro y la ordenanza 621/22 dictada por el Deliberante de Dina Huapi, que habilitaron el loteo.

Según el juez, el planteo general de los demandantes resulta pertinente y en el trámite seguido por el gobierno municipal “han existido prima facie (a primera vista) cuanto menos ciertos incumplimientos en el procedimiento destinado a la mentada desafectación de la reserva”.

El plan del municipio es fraccionar esa tierra en 32 parcelas de 300 metros cuadrados destinados a demandantes que buscan dónde construir sus viviendas, y enmarcarlas en el programa provincial Suelo Urbano.

Balseiro le dijo en su momento a este medio que “no existía otra opción” ante la falta de tierras, y a la imposibilidad -por ahora- de ampliar el ejido municipal. Dijo que la reserva fiscal de Dina Hue “no tenía destino todavía y es el municipio el que determina el destino”.

Una fracción de una hectárea estaba destinada a reserva fiscal pero el municipio de Dina Huapi la dispuso para loteos sociales. Foto: Gentileza

Pero ahora, con la decisión de la Justicia, quedó vedada cualquier obra o avance sobre el terreno, con la posibilidad de que en la siguiente etapa se dicte la nulidad definitiva de la resolución y la ordenanza.

La acción contencioso administrativa fue encabezada por el presidente de la junta vecinal, Carlos Di Pascuale, con el patrocinio del abogado Diego Breide. Alegaron que la reserva fiscal “está prevista para otros usos” y pidieron una medida de “prohibición de innovar”, que ahora fue acogida por el tribunal, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Según lo dispuesto por el juez Corsiglia, los accionantes cumplieron en “agotar la vía administrativa” en el caso de la resolución del Ejecutivo (y salvaron ese requisito obligatorio para acudir a la Justicia), pero no respecto de la ordenanza. El plazo de suspensión por 90 días es para que accionen también por vía ordinaria contra el instrumento sancionado por el Deliberante.

La medida cautelar buscó “evitar la modificación de hecho y de derecho” sobre la reserva fiscal, que por Código Urbano no está destinada al emplazamiento de viviendas sino a “la instalación y construcción de equipamiento comunitario”.

En la demanda judicial la junta vecinal subrayó que el loteo “no respeta el Código Urbano” y también cuestiona que no haya existido “una consulta pública”, como lo prevé la normativa.

Señaló que el avance del municipio para formalizar el loteo en esa fracción de alrededor de una hectárea los priva “de manera arbitraria e ilegítima de un espacio destinado al interés público y beneficio general”.

El juez Corsiglia hizo notar que las medidas cautelares en el caso de la administración pública tienen carácter “excepcional” y obligan a “acreditar la verosimilitud de la ilegitimidad” del acto impugnado, al que definió en este caso como “complejo”, porque está compuesto de una resolución del Ejecutivo y de una ordenanza.

Pero entendió que “prima facie” hay irregularidades que examinar y “surge que no ha sido cumplimentada la instancia de participación prevista en la Carta Orgánica”.

El juez valoró “el perjuicio que la ejecución del acto puede ocasionar al presentante (los vecinos de Dina Hue)” y por eso resolvió dar respuesta favorable a la pretensión de frenar el loteo, cuyo avance y “adjudicación a terceros, podría tornarse en daños mayores e irreparables”.


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