Política y Justicia
Un Ejecutivo cada vez más fuerte aleja el ideal de una Justicia independiente, ágil y efectiva. El Consejo de la Magistratura no tiene representantes de la oposición.
La relación entre la política y la Justicia es de ida y vuelta constante. Con el tiempo, lo que fue un sendero se ha convertido en una autopista de múltiples carriles que a nadie parece espantar y por la cual se circula sin pruritos. El resultado no podía ser otro: la Justicia pierde con esa vecindad. Su imagen se diluye, empañada por el “mismo lodo, todos manoseaos”. Un Poder Ejecutivo cada vez más fuerte aleja el ideal de una Justicia independiente, ágil y efectiva en Río Negro. El método vigente de designación de fiscales y jueces hace que a nadie asombre la politización de la Justicia y la judicialización de la política. Especialmente, si se advierte que el Consejo de la Magistratura no respeta la proporcionalidad prevista en la ley. Legisladores que asumieron por el radicalismo pero adhieren abierta o solapadamente al oficialismo albertista continúan integrando como titulares o suplentes el organismo que designa y juzga jueces y fiscales, que ha quedado sin representantes de la oposición. Es el caso de Adrián Casadei y Facundo López, que llegaron a la banca por otras agrupaciones pero reasumirán en diciembre por Juntos Somos Río Negro, mientras que Alejandro Betelú, no tan explícito, vota con la “nueva mayoría”. No es extraño, en ese marco, lo que se advierte en la práctica judicial: • En causas que investigan corrupción en el Estado se registran demoras y fallas procesales que, en la mayoría de los casos, derivan en impunidad. No es nuevo, pero la tendencia se acentúa. En estos días, comenzó el juicio por el pago indebido –hace 14 años– de trabajos de mantenimiento escolar. Las audiencias en las que se juzga la contratación ilegal de publicidad oficial hacia la empresa de una exfuncionaria sufrieron una nueva postergación. Y la causa por coimas en Lotería está a punto de prescribir, dejando en la nada la condena dictada contra un exfuncionario y dos empresarios. • La investigación del ataque incendiario al edificio de Tribunales en Viedma apunta hacia policías, abogados y presuntos abusadores sexuales. Pero está trabada por una disputa intrajudicial entre la fiscal Itziar Soly y el juez Favio Igoldi. La fiscal confía en tener resuelto el caso y pidió la detención de imputados, pero el juez –partidario en otras causas de la prisión preventiva– le negó medidas e incluso rehusó atenderla. La cuestión inquieta a la procuradora Silvia Baquero Lazcano y al Superior Tribunal, que pidió informes sobre el caso en su carácter de dueño del edificio. • El proyecto de municipalización de Las Grutas ya fue judicializado, pero amenaza con sumar más y más recursos en contra de lo que se estima una violación a la Constitución y a los procedimientos de la Legislatura. Es que, ahora, el oficialismo dice que no es necesario contar con los dos tercios de los votos, aun cuando en dos ocasiones admitió que la Constitución exige esa mayoría especial para modificar la división política de la Provincia: la primera vez, cuando optó por pasar la iniciativa municipalizadora a Labor Parlamentaria por no contar con esa cantidad de adhesiones y, la segunda, cuando aprovechó la ausencia de cuatro opositores para aprobarla en primera vuelta. Ahora pretende “interpretar” la Constitución. Pero ese procedimiento –válido en caso de frases de significado dudoso– no permite omitir la aplicación de un artículo claro, invocando que el constituyente que propuso el texto pensó en un supuesto diferente. La norma está. Y es de aplicación en todos los casos en que se pretenda modificar la división política de la Provincia, ya que no incluye ningún apartado que limite su alcance, al estilo de “con el voto de los dos tercios, salvo que…”. El primer criterio de interpretación de la Constitución es el literal. La Corte ha dicho: “Cuando la letra de la ley no exige esfuerzo de interpretación debe ser aplicada directamente”, con prescindencia de otras consideraciones. De la letra de la Constitución sólo puede evadirse, por vía de la interpretación, cuando en caso de hacerlo se llegara a un resultado manifiestamente injusto o una conclusión irrazonable. No basta con que aplicar el texto no resulte conveniente a la mayoría parlamentaria. Admitir el exceso interpretativo que plantea JSRN implicaría derogar lisa y llanamente el artículo 139, inciso 6º. Además, ¿es verdaderamente un supuesto diferente? ¿No es acaso un ‘gerrymandering’ clásico la creación de una estructura política dividiendo en dos una jurisdicción? Más allá de que se considere un acierto o un error que Las Grutas se convierta en municipio, hay cuestiones visiblemente desacertadas en la metodología con que Juntos Somos Río Negro está llevando adelante este proceso.
alicia miller amiller@rionegro.com.ar