El Gobierno baja a 0% las retenciones a las exportaciones de acero y aluminio: ¿hasta cuándo durará la medida?

Desde el Gobierno aclararon, mediante el Boletín Oficial, que la medida es temporal y aplica también a productos derivados de acero y aluminio. El detalle.

El Gobierno informó que eliminó de manera temporal las retenciones a las exportaciones del acero, aluminio y productos derivados. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, allí también se brindó detalles de cómo se aplicará y hasta cuándo.

Mediante el Decreto 726/2025, el Gobierno fijó la alícuota del DErecho de Exportación (D.E.) en 0% para una serie de productos vinculadas al sector industrial del acero y el aluminio «cuando se exporten con destino a aquellos países que al momento de la entrada en vigencia de esta medida, aplican a dichas mercaderías un arancel de importación «ad valorem» igual o superior al 45%».

Detallaron que la medida entrará en vigencia a partir del 9 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación igual o superior al 45%.

El Ejecutivo sostuvo en el texto oficial: «La presente medida busca fortalecer la capacidad exportadora y dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos del país, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor industriales».

Por otra parte resaltaron que «resulta necesario adoptar medidas orientadas a mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino como consecuencia de la adopción de las mencionadas medidas de protección al mercado interno de dichos productos efectuada por otros países».

Uno por uno, cuáles son los productos sin retenciones


  • 72.08: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
  • 72.09: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
  • 72.10: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.
  • 72.11: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.
  • 72.12: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.
  • 72.24: los demás aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.
  • 72.25: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.
  • 72.26: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.
  • 73.04: tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura)*, de hierro o acero.
  • 76.01: aluminio en bruto.
  • 76.04: barras y perfiles, de aluminio.
  • 76.05: alambre de aluminio.
  • 76.06: chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.
  • 76.07: hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte).

Con información de Noticias Argentinas


El Gobierno informó que eliminó de manera temporal las retenciones a las exportaciones del acero, aluminio y productos derivados. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, allí también se brindó detalles de cómo se aplicará y hasta cuándo.

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