Narcomenudeo: hay polémica por las nuevas herramientas que piden los fiscales de Neuquén

La Legislatura tiene que aprobar una profunda reforma al Código Procesal Penal de la provincia. El proyecto lo elaboraron el fiscal general e integrantes de tres bloques oficialistas.

El paquete de reformas para introducir Técnicas Especiales de Investigación (TEI) en el Código Procesal Penal de Neuquén generó un análisis crítico por parte del juez del Tribunal de Impugnación y profesor universitario Andrés Repetto, quien señaló que algunas herramientas ya están disponibles y otras entrarían en colisión con la Constitución provincial.

El proyecto está en la comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Legislatura, lleva la firma del fiscal general José Gerez y de diputados de los bloques oficialistas, por lo que podría recibir aprobación la semana próxima.

Gerez y el equipo de fiscales de narcocriminalidad fueron el martes a la reunión de la comisión a explicar los alcances del articulado que se propone. Allí escucharon algunas dudas de los legisladores, a las que ahora se suman las que planteó el juez Repetto.

La detención por 48 horas


Una de sus críticas apunta al pedido de ampliar el plazo de detención de una persona sin orden judicial. En la actualidad es de 24 horas, y el proyecto pretende llevarla a 48. «Viola de manera directa la Constitución provincial, que en su artículo 65 señala que ‘todo detenido deberá ser interrogado y puesto a disposición del juez competente, conjuntamente con los antecedentes del caso, dentro de 24 horas de su arresto, en caso contrario recuperará su libertad», dijo Repetto, quien aclaró que opinaba en su carácter de profesor universitario y sin referirse a ningún caso en particular.

Otra modificación propuesta es para habilitar las denuncias anónimas, sólo en casos de microtráfico. «Hay que resaltar que esas denuncias solo pueden ser admitidas como elemento para iniciar una investigación, pero nunca para ser fundamento autónomo de una condena, y ni siquiera de una formulación de cargos o una prisión preventiva», advirtió. Además, la Constitución prohíbe el secreto de sumario.

Figuras que ya existen


En cuanto a las figuras del agente revelador y el informante, el profesor de la Unco y magistrado recordó que «ya están previstas en leyes nacionales, complementarias del Código Penal».

En cuanto a introducir una reforma para autorizar los allanamientos nocturnos, opinó que «es absolutamente innecesaria porque la actual redacción del Código Procesal Penal ya habilita el allanamiento en cualquier horario y para cualquier delito cuando existe un caso grave y urgente, incluidos aquellos relacionados con la ley de drogas».

Por último, dijo que la modificación en el cálculo del año que debe durar como máximo la prisión preventiva, «creo en lo personal que lo más conveniente sería disponer deje de computarse luego de que el Tribunal de Impugnación confirme o no la sentencia. Ello sería más respetuoso de la Convención Americana de Derechos Humanos que garantiza el doble conforme».


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