Procesamiento y prisión para acusados de atacar a una mujer

Uno de ellos disparó con un arma de fuego a la cabeza de su víctima. Ocurrió hace cinco meses en Viedma.

VIEDMA (AV).- La Justicia confirmó los procesamientos con prisión preventiva de dos hombres por balear en la cabeza a una mujer que milagrosamente vivió pero con graves secuelas. Se trata de Gustavo Collomilla y Rodolfo Rainqueo a quienes se les imputó el delito de “robo calificado por haber sido cometido con el uso de arma de fuego, en grado de tentativa y homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido con el uso de arma de fuego, en concurso ideal”. A los amigos se los responsabiliza de haber sido quienes en la madrugada del 19 de julio pasado, en un baldío de Guatemala y avenida Caseros –aledaño a un boliche donde se encontraban varios conocidos, entre ellos los procesados y las víctimas– habrían intentado llevarse los bienes de Roberto Pallalef y Soledad Martínez. Con ese fin los invitaron a trasladarse a un sector del baldío bajo la excusa de tomar “algo” y allí Rainqueo les habría exigido que le entreguen “la plata”, mientras que Collomilla sostenía del brazo a Pallalef. Ante la respuesta negativa, Rainqueo sacó un arma de fuego y le disparó a Soledad Martínez, a corta distancia, aproximadamente un metro y medio, ocasionándole lesiones graves y pérdida de masa encefálica. Los respectivos abogados defensores –Eduardo Galiano y Simón Orte– apelaron los procesamientos que fueron rechazados por los jueces de la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, confirmando la resolución. La defensa de Rainqueo fundamentó inexistencia de elementos suficientes para probar la responsabilidad que se le endilga en este hecho, agregando que las lesiones sufridas por Martínez fueron producto de una pelea callejera entre este imputado y Pallalef la que habría tenido inicio en un intento de robo por parte de éste último. Agregó que hubo un forcejeo con Pallalef que portaba un arma de fuego y producto del mismo se produjo el disparo que lesionó gravemente a Martínez. En tanto el abogado de Collomilla argumentó que no se acreditó la participación de su asistido, destacando que fue Rainqueo quien tenía el arma de fuego y gatilló. Para el Tribunal integrado por los camaristas penales Daniela Zágari, Carlos Reussi y Jorge Bustamante “la prueba detallada conforma un cuadro cargos suficiente que permite acreditar con el grado de provisoriedad que requiere esta etapa procesal, la materialidad del suceso investigado y la responsabilidad de los imputados en el mismo”. Además consideraron que se acreditó que “los imputados obraron con la intención de apoderarse ilegítimamente de bienes pertenecientes a Pallalef y Martínez y ante la negativa de éstos, Rainqueo le disparó a ésta última con un arma de fuego, hiriéndola gravemente”. El tribunal también confirmó las prisiones preventivas dictadas ante la existencia de “motivos válidos para presumir que los imputados intentarán eludir la acción de la justicia y que su puesta en libertad, podrá entorpecer la investigación”.


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