“¿Qué pasa en la Sindicatura?”

Algo grave ocurrió hace unas semanas. Dos de los síndicos removieron a la presidenta en un trámite que deja muchas dudas, ya que la ordenanza indica que la remoción de cualquiera de sus miembros se debe hacer a través de un juicio político. Creo que ha sido un acto de justicia por mano propia. Se debería investigar si los síndicos incurrieron en incumplimiento de los deberes de funcionario público al tomar esa determinación, para ello el Concejo Deliberante tiene que tomar cartas en el asunto. Un organismo de control tan importante como la Sindicatura Municipal debería ser ejemplo de buenas conductas, celeridad e imparcialidad. Vuelvo a preguntarme: ¿Quién controla a los organismos de control? Existe un vacío legal que se debería resolver a la brevedad, ya que tanto el Ejecutivo como el Deliberante son controlados por esta Sindicatura. A su vez, ésta depende administrativamente del deliberante y del ejecutivo, quienes pueden acatar o no sus recomendaciones. Es decir, si por ejemplo la Sindicatura opina negativamente sobre el traspaso de acciones de una empresa a otra, el Ejecutivo y el Deliberante no están obligados a cumplir sus recomendaciones, haciendo lo que se les ocurra, siguiendo otros intereses con las consabidas consecuencias que paga el vecino de la ciudad. En este caso, ¿quién resuelve hoy la situación acaecida en la Sindicatura, el controlado? Seguramente la Justicia será la que resuelva esta situación. En varias oportunidades me he referido al funcionamiento de la Sindicatura Municipal de la ciudad, organismo que la mayoría de la población desconoce y que actúa, según mi entender, en forma discriminatoria. No está claro para el ciudadano común si puede recurrir a éste cuando tiene alguna inquietud respecto al funcionamiento de las instituciones municipales, sus contratos y el cumplimiento de las ordenanzas vigentes por parte de los funcionarios municipales, desde el intendente para abajo. En principio, nada impide que cualquier vecino concurra a efectuar consultas o denuncias, con lo cual debería ser tratado con el respeto necesario. Digo esto porque ante una presentación formal no dan respuesta a los requerimientos, siendo un misterio su funcionamiento. La ordenanza de su creación y su reglamento interno nada dicen sobre las consultas particulares. Si no está escrito, si no hay nada que condicione una presentación o consulta particular, dichas presentaciones deberían estar permitidas. Si bien las respuestas se hacen a través del Concejo Deliberante, éstas merecen ser respondidas en tiempo y forma a la persona interesada. Así como está, ¿sirve la Sindicatura Municipal? Ricardo Dougall DNI 10.532.537 Neuquén

Ricardo Dougall DNI 10.532.537 Neuquén


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