Ratificaron la nulidad del secuestro de armas en el desalojo en Tratayen

Para el Tribunal Superior de Justicia se no se respetó la “inviolabilidad del domicilio” porque no hubo orden de allanamiento de un juez.

Por Redacción

El Tribunal Superior de Justicia ratificó, por mayoría, la nulidad de los secuestros que se realizaron durante el desalojo de la comunidad mapuche Fvta Xayen en Tratayen, durante septiembre del año pasado.

El fiscal general José Gerez y el fiscal jefe Pablo Vignaroli habían presentado la impugnación extraordinaria contra la sentencia del Tribunal de Impugnación, que consideró que se requiere de una orden de allanamiento de un juez para ingresar a cualquier lugar habitado y que en este caso no la hubo, por lo tanto las pruebas recolectadas eran nulas.

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Pero Oscar Massei y Alfredo Elosu Larumbe declararon inadmisible el pedido porque no se verificaban los requisitos necesarios para acceder a la instancia extraordinaria, previstos por el artículo 248 del Código Procesal Penal.

Los magistrados señalaron que “no hay cuestión federal en las decisiones que juzgan sobre la validez o invalidez de los allanamientos, porque remite a cuestiones procesales y de derecho común. Máxime cuando, como en este caso, la decisión recurrida lo ha sido a favor del derecho federal que garantiza la inviolabilidad del domicilio”.

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Los fiscales habían planteado que “el Tribunal de Impugnación omitió considerar fue que, de acuerdo a las circunstancias del caso concreto —suficientemente descriptas en ambas instancias por el Ministerio Público Fiscal— ese lugar particular en el que la Policía se topó con las armas secuestradas no podía gozar de la garantía de inviolabilidad del domicilio”. Sin embargo, los miembros del TSJ descartaron que existiera arbitrariedad en el fallo porque “ninguna de las críticas efectuadas por el apelante” lo comprobaba.


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