Ratificaron los 11 años de prisión por intento de femicidio en Bariloche

Carlos San Martín fue juzgado el año pasado y su caso llegó al tribunal de Impugnación provincial.

“Sin duda, (Carlos) San Martín avistó la sombra de (María Magdalena) Maragaño y le apuntó para luego disparar, aunque erró por escasa distancia su objetivo”, concluyeron los jueces del Tribunal de Impugnación de la provincia (TIP), que confirmaron la sentencia que condenó al imputado a 11 años de prisión por el intento de femicidio de su expareja.

Los jueces del TIP, Rita Custet Llambí, Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi, advirtieron que San Martín tuvo intenciones de matarla en la madrugada del 15 de abril de 2019.

La víctima estaba en el interior de su vivienda de Bariloche y colgaba ropa, cuando San Martín se presentó en el domicilio y desde la vereda efectuó un disparo con una escopeta. “San Martín había anunciado su intención de matar a Maragaño, sabía con exactitud que se encontraba dentro de la vivienda y sin perjuicio de ello disparó hacia la persiana del comedor, donde se encontraba la víctima”, afirmaron los jueces. Mencionaron que el proyectil dio en la pared, a muy corta distancia de la humanidad de la mujer, que estaba con sus hijos en la casa.

Un vecino, que observó a San Martín cuando escapaba y subía a una camioneta, avisó a la Policía que lo detuvo minutos después.
Los jueces Marcelo Chironi, Sergio Pichetto y Romina Martini habían condenado, en noviembre de 2019, a San Martín por los delitos de daño, amenaza e intento de femicidio y le impusieron 11 años de prisión.

El defensor particular Rodolfo Rodrigo impugnó el fallo ante el TIP. Alegó que el intento de femicidio es improcedente porque el imputado no sabía hacia donde dirigía el disparo, que tiró contra la ventana sin saber en qué sitio estaba la esposa, por lo que no tuvo el dolo de matar. Planteó que no puede haber tentativa de femicidio sin heridas y que el acusado había disparado a la casa.

Rodrigo reclamó a los jueces del TIP que fueran en horario nocturno al domicilio, donde ocurrió el hecho investigado “para mirar a través de la persiana y ver si se ve alguna persona”. Sostuvo que el tribunal de juicio había rechazado esa prueba. Y pidió que se revoque la sentencia y se absuelva a San Martín.

El fiscal del caso Tomás Soto pidió rechazar el recurso del defensor y confirmar la sentencia. Los jueces del TIP concurrieron a principios de marzo pasado hasta la vivienda para analizar el caso. También estuvo el fiscal y la víctima.
Custé Llambí afirmó que la sentencia exhibía “un adecuado razonamiento en orden a tener por acreditado el contexto de violencia en el cual se encontraba sometida la víctima”.

“No encuentro elementos que sostengan los argumentos de la defensa y permitan demostrar la arbitrariedad de la sentencia. El dolo de matar se encuentra debidamente acreditado y no existió desistimiento voluntario alguno desde que San Martín se constituyó próximo a la ventana verificó la presencia de Maragaño, para luego apuntar y disparar, y salir huyendo”, afirmó la jueza. Sus pares adhirieron.


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