Rechazan traslado de un preso que quiere estudiar
El joven condenado a 20 años por el crimen de un policía está alojado en Viedma y pidió cumplir su condena en Bariloche para seguir sus estudios en la Fasta.
JUSTICIA
El juez de Ejecución Penal, Juan Martín Arroyo, no hizo lugar a una acción de hábeas corpus que interpuso la abogada local Natalia Araya para que trasladen a Jairo Raúl Maripi Paillalef de regreso al penal de Bariloche.
La abogada había planteado que Maripi Paillalef fue trasladado de manera infundada hasta el penal de Viedma, lo que agravó supuestamente sus condiciones de detención y lo priva de su derecho a estudiar además de alejarlo de su familia.
Maripi Paillalef fue condenado a finales de julio de 2013 a 20 años de prisión como autor del homicidio del subcomisario Aníbal Fabián Alonso. El hecho ocurrió el 16 de abril de 2012 en Pilcaniyeu.
“Río Negro” tuvo acceso al fallo de Arroyo, quien advirtió que “no se configura ningún caso de agravamiento arbitrario de sus condiciones de detención legalmente impuesta”.
El juez dispuso que mientras el condenado permanezca en el penal de Viedma “se le brinde la posibilidad de finalizar sus estudios en la Universidad Fasta, para lo cual deberá ser trasladado por el plazo estrictamente requerido para que pueda rendir la materia que le resta de la carrera de Administración de Empresas”.
Arroyo recordó en su fallo que Maripi Paillalef fue trasladado el 22 de marzo pasado tras protagonizar un violento incidente en el penal 3 de Bariloche. Allí, hubo una pelea entre internos y luego un intento de motín con quema de colchones y de un sector del penal.
Indicó que para determinar si el traslado del condenado fue justificado, ordenó citar a un grupo de internos del penal 3 para que ratifiquen o rectifiquen lo que habían relatado tras los disturbios en la unidad penitenciaria local. El juez afirmó en el fallo que los internos “corroboraron todo lo aseverado”.
Arroyo sostuvo que “la situación de superpoblación verificada” en el penal 3, “obliga a extremar los recaudos para evitar que se multipliquen hechos de violencia que pongan en riesgo la vida, la salud y la integridad de las personas detenidas y del personal que presta servicios en la unidad”.
El juez señaló que la vida, la salud y la integridad de los internos y del personal “son bienes jurídicos que el Estado tiene el deber de garantizar por encima de cualquier otro”.
DeBariloche