Reglamentación saldará dudas
“Nervioso estaré mañana’’, dijo la máxima autoridad de la Junta Nacional de Drogas, Julio Calzada, mientras seguía la sesión parlamentaria. A Calzada le espera un cúmulo de trabajo y gran responsabilidad: su oficina será responsable de reglamentar la ley, un aspecto considerado clave tanto por sus partidarios como opositores. Y con premura. “El 9 de abril tiene que estar’’, dijo Calzada . • La marihuana que se venderá en Uruguay bajo control estatal estará disponible en las farmacias habilitadas desde septiembre de 2014, para residentes que accedan a registrarse y por un máximo de 40 gramos por mes a un precio a determinar. • Todo mayor de 18 años con cédula uruguaya podrá registrarse . • Cultivo: La ley permite el cultivo domiciliario de hasta seis plantas. También habilita a formar clubes de autocultivo de hasta 45 socios y 99 plantas. Pero las autoridades estiman que eso sólo cubrirá el 10% de la demanda. El 90% restante deberá será producido por empresas agrícolas. Calzada estimó que 10 hectáreas serían suficientes para proveer a los consumidores registrados. • Registro: No está definido. La oposición teme que gente que no consuma podría registrarse para luego vender en el mercado negro sus 40 gramos mensuales. No se permitirá el “turismo canábico’’. • Las semillas: No se definió aún si se importarán o si se usarán de los cultivos clandestinos. • Distribución: No se definió si lo hará el Estado o los privados. • Precio: variará según l la oferta y la demanda.
“Nervioso estaré mañana’’, dijo la máxima autoridad de la Junta Nacional de Drogas, Julio Calzada, mientras seguía la sesión parlamentaria. A Calzada le espera un cúmulo de trabajo y gran responsabilidad: su oficina será responsable de reglamentar la ley, un aspecto considerado clave tanto por sus partidarios como opositores. Y con premura. “El 9 de abril tiene que estar’’, dijo Calzada . • La marihuana que se venderá en Uruguay bajo control estatal estará disponible en las farmacias habilitadas desde septiembre de 2014, para residentes que accedan a registrarse y por un máximo de 40 gramos por mes a un precio a determinar. • Todo mayor de 18 años con cédula uruguaya podrá registrarse . • Cultivo: La ley permite el cultivo domiciliario de hasta seis plantas. También habilita a formar clubes de autocultivo de hasta 45 socios y 99 plantas. Pero las autoridades estiman que eso sólo cubrirá el 10% de la demanda. El 90% restante deberá será producido por empresas agrícolas. Calzada estimó que 10 hectáreas serían suficientes para proveer a los consumidores registrados. • Registro: No está definido. La oposición teme que gente que no consuma podría registrarse para luego vender en el mercado negro sus 40 gramos mensuales. No se permitirá el “turismo canábico’’. • Las semillas: No se definió aún si se importarán o si se usarán de los cultivos clandestinos. • Distribución: No se definió si lo hará el Estado o los privados. • Precio: variará según l la oferta y la demanda.
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