Pensiones No Contributivas: qué pasa si no se cumple con el requisito clave en junio 2025

La Anses dejará de pagar aquellas Pensiones No Contributivas que no cumplan con un requisito clave en junio 2025. Para verificar el cumplimiento, recordó que pedirá información de otro organismo, en el marco de un convenio vigente.

La Anses recordó que dejará de pagar en junio 2025 aquellas Pensiones No Contributivas (PNC) que no cumplan con un requisito clave. Así lo dio a conocer el Gobierno Nacional, meses atrás, en el Boletín Oficial, mediante la resolución 918/2024. Acá te dejamos los detalles.

La medida publicada en octubre 2024 busca «ejercer el control de las prestaciones no contributivas de la seguridad social y en las asignaciones que administra el organismo», señaló la administración ahora bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.

Pensiones No Contributivas de Anses: el requisito clave en junio 2025


En junio 2025, a los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas de Anses deben cumplir con el requisito de residencia. A quienes se hayan ausentado del territorio nacional por un período superior al de 90 días corridos, se le suspenderá la prestación correspondiente, advirtió el Gobierno Nacional en la norma.

Para verificar el cumplimiento del requisito de residencia, la resolución explica que se utilizará la «información obrante en las distintas bases de datos» de la Anses y aquella remitida por la Dirección de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos.

Pensiones No Contributivas: qué pasa si no se cumple con el requisito clave en junio 2025


La norma explica que una vez validado el incumplimiento del requisito de residencia en las Pensiones No Contributivas de Anses, se dará la baja de la prestación hasta “tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país”.

Sin embargo, la restitución será solo para aquellas prestaciones que no impliquen que, dicho incumplimiento, se traduzca en la pérdida completa del derecho. En ese caso, se dará de baja y no se reincorporará, advirtió el Gobierno Nacional en la resolución 918/2024 publicada en el Boletín oficial.


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