Potenciar Trabajo: cómo actualizar los datos para cobrar el bono de enero

Los beneficiarios del programa deben realizar una actualización de datos para continuar cobrando el beneficio. Conocé los detalles para cobrar.

Los beneficiarios del plan Potenciar Trabajo deben realizar un reempadronamiento de datos obligatorio para poder acceder a la segunda cuota del bono de $13.500. Según informó el Gobierno, tienen tiempo de revalidar su información hasta el 15 de enero de 2023, inclusive.

Según el Ministerio de Desarrollo Social, este pago es en concepto de «refuerzo» y además se abonará el mismo plus a trabajadores registrados. Este mes, el pago será de $6.750 adicional a la prestación recibida.

En este sentido, el procedimiento de Autogestión, Comunicación y Actualización de Datos se realiza a través de la aplicación Mi Argentina para no perder el plan. Quienes no la hagan, quedarán excluidos no cobrarán más la prestación.

Cómo validar los datos del Potenciar Trabajo

Los beneficiarios deben realizar el trámite desde la aplicación:

– Ingresar a Mi Argentina

– Ir a la pestaña Mis Cobros

– Completar el formulario de tres pasos

– Luego de ingresar los datos, se completará la revalidación biométrica.

Cabe destacar que esta medida está vinculada a las investigaciones en las cuales se determinó que varias personas que cobraban los haberes no cumplían con los requisitos para acceder a la ayuda social.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Potenciar Trabajo?

Los titulares del plan deberán cumplir con la realización de un máximo de 60 horas mensuales en una Unidad de Gestión de las siguientes actividades laborales y comunitarias:

– Tareas de cuidados y servicios socio-comunitarios.

– Reciclado y servicios ambientales.

– Construcción, infraestructura social, mejoramiento barrial y habitacional.

– Agricultura familiar y producción de alimentos.

– Producción de indumentaria y otras manufacturas.

– Comercio popular.

– Actividades de formación y capacitación profesional o entrenamiento laboral en virtud de lo normado por el DNU N.º 711/2021.

Además, dichos titulares no podrán hacer compras con tarjetas en dólares que sean mayores a los u$s15.


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