Reconocen la adopción de una mujer adulta por el hombre que la crió desde pequeña en Cipolletti
Veinticuatro años después, un ajoven consiguió llevar el apellido del hombre que la crió. La sentencia se basó en el derecho a la identidad.
La sentencia se basó en el derecho a la identidad. Foto: archivo
La conoció el mismo día en que nació. En ese momento, él estaba en pareja con la tía materna de la beba. A las pocas semanas, la madre les pidió ayuda para el cuidado diario porque necesitaba volver a trabajar. Lo que empezó como una colaboración familiar se transformó en otra cosa. La niña pasó a quedarse con él de lunes a viernes y volvía con su madre los fines de semana. Durante esos años, él se ocupó de la crianza cotidiana, del acompañamiento escolar, de la contención y de las necesidades materiales. El padre biológico, que murió tiempo después, nunca estuvo presente en la vida de la joven.
Esa convivencia se sostuvo cerca de siete años. Después, la niña pasó a vivir de manera permanente con su madre y sus hermanos. Sin embargo, el vínculo nunca se cortó, aunque de forma más espaciada. Cuando la niña tenía doce años, él se separó de la tía materna. Pero tampoco se interrumpió la relación ya que siguió visitándola, con autorización de la madre.
Con los años, ese acompañamiento se volvió concreto. La ayudó a formarse en peluquería y a sostener un proyecto laboral propio. A los 17, tras un conflicto familiar, la joven recurrió a él en busca de ayuda y él asumió su cuidado y manutención. Al cumplir 18, ella inauguró su propia peluquería que mantiene hasta hoy. A los 23 vivía en un inmueble de él y, ante quienes los rodeaban, eran padre e hija.
Con 24 años, la joven se presentó ante el fuero de Familia de Cipolletti con el hombre que la crió. Él pidió adoptarla y ella brindó su consentimiento. Además, pidió llevar su apellido.
El Código Civil y Comercial permite la adopción de personas mayores de edad solo en dos supuestos excepcionales. En un caso, debe comprobarse que «existió posesión de estado de hijo mientras la persona era menor de edad, es decir, un trato sostenido como hijo durante la infancia y la adolescencia». Sobre ese punto giró el caso.
La prueba reunida apuntó en una misma dirección: fotografías de cumpleaños, vacaciones y momentos cotidianos mostraron una dinámica familiar consolidada. Las personas que declararon como testigos describieron una relación de padre e hija y recordaron que él pagó su formación como peluquera y la acompañó toda la vida. El Equipo Interdisciplinario del Tribunal, a través de un informe de la psicóloga, señaló que la joven expresó su deseo de legalizar el vínculo con quien llama «mi viejo» y que la solicitud daba cuenta de un proceso de identificación construido a lo largo de los años.
La sentencia ubicó el derecho a la identidad en el centro de la decisión. Distinguió entre la identidad estática, vinculada al origen biológico, y la identidad dinámica, que se construye con la historia personal, los afectos y el entorno. Cuando la verdad biológica y la verdad biográfica no coinciden, planteó el fallo, corresponde definir a cuál dar preeminencia. En este caso, la resolución reconoció el peso de la realidad afectiva: quien ejerció el rol paterno desde la primera infancia fue el adoptante.
La jueza de la Unidad Procesal de Familia 7 hizo lugar a la demanda y otorgó la adopción con carácter pleno. Esa modalidad confiere al adoptado la condición de hijo. Sin embargo, tras escuchar a la joven en audiencia, la sentencia dispuso mantener el vínculo jurídico con su madre y sus hermanos, con quienes conserva una buena relación, una posibilidad que el propio Código contempla. Respecto del apellido, ordenó suprimir el de origen y adicionar el del adoptante.
La resolución ordenó oficiar al Registro Civil y Capacidad de las Personas para inscribir la sentencia y rectificar la partida de nacimiento y el documento de identidad de la joven, de modo que su filiación se corresponda con una situación de hecho que, según consignó el fallo, lleva más de veinte años.
La conoció el mismo día en que nació. En ese momento, él estaba en pareja con la tía materna de la beba. A las pocas semanas, la madre les pidió ayuda para el cuidado diario porque necesitaba volver a trabajar. Lo que empezó como una colaboración familiar se transformó en otra cosa. La niña pasó a quedarse con él de lunes a viernes y volvía con su madre los fines de semana. Durante esos años, él se ocupó de la crianza cotidiana, del acompañamiento escolar, de la contención y de las necesidades materiales. El padre biológico, que murió tiempo después, nunca estuvo presente en la vida de la joven.
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