STJ confirmó condena a policía que activó un chip a nombre de Lucas Muñoz

El oficial de la Policía de Río Negro, Federico Valenzuela Campos, llegó al máximo tribunal para cuestionar la condena por abuso de autoridad.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia desestimó un recurso de casación que había presentado el defensor particular del oficial de la Policía de Río Negro, Federico Valenzuela Campos, y confirmó la sentencia que lo condenó a 2 años de prisión en suspenso y 4 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, por el delito de abuso de autoridad.

Valenzuela Campos fue condenado, junto con el sargento Néstor Meyreles, el 3 de abril pasado por la Cámara Criminal Primera de Bariloche. El tribunal de juicio declaró a los dos empleados policiales autores penalmente responsables del delito de abuso de autoridad.

A Valenzuela Campos y Meyreles se los juzgó y condenó porque el 15 de julio de 2016 acordaron activar una línea de teléfono a nombre del policía Lucas Muñoz, que había desaparecido el día anterior, sin autorización judicial.

Valenzuela Campos cumplía funciones en la comisaría 42 del barrio 2 de Abril de Bariloche y llamó esa jornada a Meyreles que estaba en Catriel. La línea la activó el dueño de una agencia de Catriel, que era conocido de Meyreles. Esa maniobra generó que los investigadores desviaran la atención hacia el Alto Valle, porque pensaron que Muñoz estaba por esa zona.

El defensor particular de Valenzuela Campos interpuso un recurso de casación para que el STJ revisara el fallo condenatorio.

La sentencia del máximo tribunal rionegrino se dictó el miércoles. El juez del STJ Sergio Barotto redactó el voto que sostiene el fallo y al que sus pares Liliana Piccini y Ricardo Apcarian adhirieron. En cambio, los jueces Enrique Mansilla y Adriana Zaratiegui se abstuvieron.

Barotto recordó que la defensa de Valenzuela Campos cuestionó que el tribunal de juicio no permitió la designación como codefensor del abogado Rodolfo Rodrigo, lo que vulneró el derecho de defensa.

El defensor advirtió que el delito atribuido a Valenzuela Campos se cometió en Catriel y no podía ser juzgado en Bariloche. Cuestionó además que el tribunal prescindió de prueba decisiva o la interpretó arbitrariamente.

Mencionó la negativa a proveer el peritaje que habría demostrado el intercambio de mensajes de WhatsApp entre Valenzuela Campos y dos oficiales de la Comisaría Segunda de Bariloche. Y planteó que si Valenzuela Campos “se metió a investigar cosas que no le correspondían, o sea, sobre lo que no tenía autoridad, es absolutamente imposible que haya abuso de (ella)”.

Por eso, pidió que se anule la sentencia o que se declare la incompetencia del juez de Bariloche, se ordene remitir la causa al magistrado competente y, en cualquier caso, se absuelva a Valenzuela Campos.

Barotto desestimó cada uno de los planteos. Dijo que las llamadas telefónicas, que iniciaron un operativo irregular en la investigación de la desaparición de Muñoz, se hicieron en Bariloche. Por eso, es correcto que haya sido juzgado por un tribunal de esta ciudad.

Respecto al peritaje de un celular, el juez del STJ dijo: “La demostración de tales circunstancias mediante la producción de la prueba denegada no eximiría de responsabilidad” al acusado, porque “la diligencia de investigación telefónica efectuada por los acusados debió ser autorizada por el Juez, o en su caso el Fiscal, con autorización de aquel, bajo pena de nulidad manifiesta”. Por eso, Barotto entendió que hubo abuso de autoridad por parte de los acusados.


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