Teletrabajo: los perjuicios de la ley en tratamiento

Sergio Candelo *

El proyecto de Ley que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el pasado jueves busca regular la modalidad de trabajo a distancia utilizando tecnologías, también conocida como “teletrabajo”.


Desde la CESSI (Cámara de Empresas de Software y Servicios Informáticos), consideramos que el teletrabajo es una modalidad, no una nueva actividad. Por eso, debe estar regulada dentro de la Ley de Contrato de Trabajo.
La industria del Software es un generador de empleo de alto valor agregado, que además permite el desarrollo de otras industrias.
Somos un actor clave para que la economía sea “teletrabajable” y absolutamente fundamental en tiempos de aislamiento, para el consumo, las transacciones y la salud, entre otras actividades.


Nuestro sector provee la oportunidad de desarrollo social y personal. Impulsamos la inclusión, ya que el salario de los puestos Junior ya supera lo establecido por la canasta básica de alimentos.
En caso que esta Ley entre en vigencia, consideramos que se perderán oportunidades de inclusión y de desarrollo, ya que se limitan las posibilidades de contratar recursos humanos.


Además, perjudica al Estado, ya que cae la recaudación fiscal, dado que muchos profesionales del sector van a ser contratados directamente desde el exterior.
En adición, consideramos que los principales perjudicados son tanto las empresas como los profesionales, ya que las personas son el principal actor productivo.


En tanto, afecta a los profesionales que quieran sumarse a esta modalidad de trabajo y que por excesos de regulación decidan no implementar el teletrabajo en las organizaciones.
También creemos que el exceso reglamentario agrega burocracia al normal funcionamiento de las organizaciones, desalienta el mantenimiento de las posiciones de teletrabajo y las posibilidades de nuevas contrataciones en todo el país.


Como consecuencia de esta nueva reglamentación, en CESSI creemos que habrá un gran número de profesionales altamente calificados que elegirían trabajar para empresas extranjeras o multinacionales del exterior, desalentando el desarrollo productivo local.


Esta fuga de talento impactará directamente en la recaudación pública, ya que por cada 10.000 programadores Semi Senior que dejan de trabajar para empresas argentinas y lo hacen para el exterior, el Estado pierde $ 12.280 millones de recaudación por año.


Por otra parte, aspectos de la Ley como la unilateralidad de la decisión sobre si se teletrabaja o no, hacen difícil gestionar las actividades, ya que organizar equipos, proyectos y trabajos implica tanto la coordinación de todos los involucrados como el acuerdo de todas las partes (arts 64 y 65 LCT).

Asimismo, las tareas de cuidado privilegian a los teletrabajadores versus los profesionales presenciales.
Además, el incremento de los costos operativos para las pymes desalienta el crecimiento e inversión.


Por último, la normativa no contempla ni los casos de emprendimientos que nacen 100% en modalidad teletrabajo, ni a los teletrabajadores que están a cientos de kilómetros de la organización.


Invitamos a los miembros de la Honorable Cámara de Senadores a que nos escuchen, ya que en sus manos está la aprobación de una ley que, lejos de fomentar esta modalidad de trabajo, perjudica a las pymes y su capacidad de inversión, creación de puestos de trabajo de calidad, competitividad internacional y desarrollo local.

* Presidente de CESSI


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