Una joven abusada por su padre podrá cambiarse el apellido

Así lo establece una reciente resolución del Juzgado de Familia de la capital provincial.

Por Redacción

Una joven abusada por su padre podrá cambiarse el apellido

La Justicia alivió, en parte, la densa carga que le tocó en suerte a una jovencita de 16 y a su beba de un añito. Sólo en parte porque ambas continúan peleando la vida desde la vulnerabilidad más cruel: sin una familia que respalde, sin trabajo, sin vivienda y con abundancia en necesidades. Como si todo eso no fuera suficiente la joven se trasformó tempranamente en madre luego de haber sido abusada sexualmente por su propio padre. Ambas están institucionalizadas.

Pero una resolución judicial les proporcionó una bocanada de oxígeno como para ayudar en el envión en otros logros.

La jueza María Laura Dumpé, titular del juzgado de Familia N°7 de Viedma hizo lugar a un pedido de la jovencita y le permitió cambiarse el apellido. Ya no llevar más el de su padre, beneficio que se extiende a su hijita, hermana, hija del mismo padre y a su vez su abuelo. Una relación tan difícil de explicar como de intentar racionalizar.

La presentación fue realizada por la Defensora de Menores e Incapaces, en representación de la niña cuando tenía 14 años y ya se había convertido en madre.

La jueza dispuso la privación de la responsabilidad parental y permitió la supresión del apellido paterno tanto de la niña madre como de su beba.

Como en todos los casos, el demandado -abuelo y progenitor a la vez de la bebé que purga una condena de 10 años por el abuso sexual agravado por el vínculo cometido contra la peticionante- fue también consultado y escuchado tanto como la víctima.

El hombre no se habría mostrado muy convencido pero finalmente aceptó la supresión del apellido de sus dos hijas.

En la sentencia, Dumpé destacó que en este caso “resulta evidente que la gravedad de los hechos han afectado profundamente la honra de su hija y por consiguiente deviene imperativo el respeto por la propia reputación de la peticionante”, por lo tanto “importa para el futuro la no transmisión generacional de un apellido cargado de significación histórica negativa, así como el fuerte apego a la estirpe materna que le dio luz a la verdad familiar, para poder concluir con un proceso de su vida relacionado con lo siniestro y vergonzante”.

Con la aplicación del nuevo Código Civil, vigente desde agosto del año pasado, la condena por abuso y “la certeza de los hechos relatados que no han sido desvirtuados con prueba alguna por el demandado”, la jueza resolvió la privación de la responsabilidad parental y la supresión del apellido paterno.


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