Buscan agilizar procesos para solucionar quejas de consumidores

Ingresó en la Legislatura un proyecto que incorpora la notificación digital y reduce etapas del proceso.

Una normativa que busca agilizar la resolución de conflictos introduciendo sistemas digitales de notificación, reducir etapas del proceso y otorgar mayores potestades a la autoridad de aplicación para decidir sobre la pertinencia de las denuncias; avanza en la Legislatura como para convertirse próximamente en ley.

En la actualidad, conviven y se superponen en Río Negro, el Plan Provincial de Defensa del Consumidor y el Comité Mixto de Seguimiento de Precios y Abastecimiento (Ley 2.307), la Ley 4.139 de Defensa de los derechos de los consumidores, la Ley 2.718 de Defensa de los habitantes en el consumo y uso de bienes y servicios, y la Ley de Talles N°4.806.

La propuesta del legislador Leandro Lescano (JSRN) advierte que en consecuencia, la normativa presenta falencias y “necesita ser aggiornada” lo que merece una revisión de la experiencia recogida durante todos estos años por los organismos ejecutivos.

“Lo que buscamos con este proyecto es brindar a las partes involucradas una mayor resolución, celeridad y eficacia”, señaló el legislador.

Esta normativa pretende integrar diferentes leyes de la provincia de Río Negro que están en vigencia, derogándolas para agruparlas en una misma Ley. Asimismo, se prescindiría de aquellos articulados que han quedado obsoletos y/o se superponen con normas nacionales.

Lescano explicó que “es de gran relevancia que se apruebe este proyecto, ya que no solo busca unificar las diferentes leyes que hay sobre defensa al consumidor, sino que también, suma la experiencia de 20 años que se viene desarrollando en esta temáticay que enriquece el trabajo diario en posde la defensa de los derechos de los consumidores, que es el objetivo prioritario”.

En la nueva iniciativa se prevén modificaciones en cuanto a las audiencias de conciliación. Estos encuentros entre denunciantes y denunciados se transformarán en audiencia de concialiación y descargo. El proveedor -en ese caso- deberá ofrecer prueba en ese acto eliminándose así la imputación que es remplazada por la notificación de la audiencia con la copia de la denuncia, documental e indicación de las normas presuntamente transgredidas.

En los casos de incomparencia por parte del proveedor, a la audiencia de conciliación y descargo, se agrega como consecuencia la pérdida del derecho a presentar el descargo y ofrecer prueba.


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