Muerte de Gatica en una comisaría de Cipolletti: cambiarán la condena contra un policía tras revisar el fallo
El Tribunal de Impugnación revisó el veredicto del juicio por jurados por la muerte de Jorge Gatica en Cipolletti y modificó la condena de uno de los acusados por errores en las instrucciones.
El Tribunal de Impugnación de Río Negro revocó parcialmente el veredicto dictado por un jurado popular en Cipolletti por la muerte de Jorge Gatica, ocurrida en enero de 2023 dentro de la comisaría 45. La decisión implicó modificar la calificación penal atribuida a uno de los acusados y ordenar que un nuevo tribunal defina la pena correspondiente.
El fallo sostuvo que el jurado no recibió instrucciones claras sobre figuras jurídicas esenciales, lo que derivó en una condena más gravosa que la acusación formulada por la fiscalía durante el debate.
Una revisión limitada pero sustancial
Los jueces confirmaron las condenas por tortura seguida de muerte para Jorge Luciano Sosa y Vilmar Alcides Quintrel, y la condena por omisión dolosa para Andrea del Carmen Henriquez. Sin embargo, modificaron la situación de Walter Denis Carrizo, cuyo rol —según el tribunal— no fue adecuadamente evaluado por el jurado.
La sentencia señaló que existió una diferencia sustancial entre la acusación del Ministerio Público Fiscal, que imputó a Carrizo por omisión dolosa de evitar la tortura, y la postura de la querella, que lo consideró coautor del delito de tortura seguida de muerte. Esa contradicción no fue aclarada en las instrucciones al jurado, que terminó adoptando la calificación más severa.
Cambio de calificación: omisión dolosa
El Tribunal de Impugnación resolvió declarar la responsabilidad de Carrizo por omisión funcional dolosa de evitar la tortura, contemplada en el artículo 144 quater del Código Penal. En consecuencia, ordenó remitir el caso al tribunal de origen para realizar una nueva audiencia de cesura y establecer la pena adecuada para esta figura penal.
Los jueces remarcaron que Carrizo no participó directamente de las agresiones que sufrió Gatica, sino que permaneció en la guardia y bloqueó el acceso a la zona donde se produjo el ataque. Esa conducta, afirmaron, no encuadra en el tipo penal aplicado originalmente por el jurado.
Contradicciones en el veredicto
El fallo también detectó inconsistencias internas en la sentencia revisada. Mientras Henriquez —de mayor jerarquía— fue condenada por omisión dolosa, Carrizo había recibido una condena mucho más severa pese a haber tenido una conducta similar y un rol funcional menor. Esa asimetría, indicó el tribunal, vulneraba el principio de coherencia en la valoración de las conductas.
El caso Gatica: lo que se investigó
El juicio por jurados, realizado en mayo de 2025, analizó la muerte de Jorge Gatica, quien se encontraba esposado cuando fue atacado con golpes de puño, patadas y objetos romos dentro de la comisaría. La autopsia determinó la existencia de más de cien lesiones y una hemorragia interna fatal.
Tras ocho jornadas de debate, el jurado declaró culpables a los cuatro agentes imputados. Las penas fueron impuestas en audiencia posterior: prisión perpetua para Sosa, Quintrel y Carrizo, y cuatro años y seis meses de prisión para Henriquez.
La revisión actual impacta exclusivamente sobre la condena de Carrizo, que deberá ser nuevamente discutida en la etapa de cesura.
Lenguaje claro: una política en avance
El Tribunal de Impugnación vinculó parte de los problemas del caso a la falta de instrucciones claras al jurado, un aspecto que forma parte de las capacitaciones implementadas desde el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
Como parte de la política provincial de lenguaje claro, se desarrollan talleres destinados a jueces, fiscales, defensores y abogados para asegurar que los procesos con jurados populares se desarrollen con instrucciones comprensibles y precisas. El próximo encuentro se realizará en Viedma el 9 y 10 de diciembre.
El Tribunal de Impugnación de Río Negro revocó parcialmente el veredicto dictado por un jurado popular en Cipolletti por la muerte de Jorge Gatica, ocurrida en enero de 2023 dentro de la comisaría 45. La decisión implicó modificar la calificación penal atribuida a uno de los acusados y ordenar que un nuevo tribunal defina la pena correspondiente.
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