Aprobaron la instalación de radares dentro del ejido de Regina

Por mayoría el Concejo Deliberante autorizó al Ejecutivo municipal a instalar radares para el control de velocidades en las calles de Villa Regina.

Tras un extenso debate, el Concejo Deliberante de Regina aprobó una ordenanza por la que facultó al ejecutivo municipal a firmar convenios para la instalación de radares que permitan controlar las velocidades máximas dentro del ejido urbano.

La ordenanza, si bien faculta al ejecutivo a avanzar en convenios con privados para la concesión de los controles, la decisión final estará en manos del legislativo municipal, dado que en caso de concesionarse los concejales deben aprobar la propuesta con el voto favorable de los dos tercios del cuerpo.

El debate para la aprobación de la norma se centró en cuestionamientos realizados con concejales del bloque del Frente de Todos, quienes aseguraban que el municipio preveía la instalación de equipos que no cuentan con homologación de los organismos nacionales, y que la propuesta solo tiene fines recaudatorios.

La ordenanza fue aprobada por mayoría, con el voto de los cuatro concejales del bloque de Juntos Somos Río Negro y dos del bloque de Somos Villa Regina; mientras que los cuatro ediles de la bancada del Frente de Todos votaron por la negativa.

Tanto desde el bloque Juntos Somos Río Negro, como desde el Departamento Ejecutivo, señalaron que la ordenanza sancionada por el Deliberante y que será promulgada por el intendente, plantea la adhesión a la Ley Nacional 23.363, que en su articulado puntualmente prohíbe la instalación y uso de equipos que no cuenten con la homologación correspondiente.

Al mismo tiempo, apuntaron que, para la instalación de radares, se deberá realizar un concurso con empresas que ofrezcan el servicio, y el Concejo Deliberante deberá intervenir directamente en la aprobación de los contratos de concesión con el aval de siete de los diez concejales.

“La iniciativa -aprobada el por el Deliberante- adhiere a la Ley Nacional 23.363 que en el artículo 4 inciso ñ) establece la homologación y remite a la Ley Nacional 25.650 donde se expresa claramente la prohibición de utilizar radares de control sin homologar”, precisaron desde el Departamento Ejecutivo.

Entre otros aspectos, con la adhesión a la normativa nacional, se reguló que en el caso de las multas que se realicen a conductores por alcoholemia positiva, los infractores no podrán acceder al beneficio de reducción en un 50% en el monto a pagar.

Agregaron finalmente que “el dinero que se recaude en concepto de multas por infracciones de tránsito quede en las arcas municipales para ser destinado pura y exclusivamente a los distintos programas de capacitación, prevención y educación vial de la Dirección de Tránsito municipal”.


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