Cómo son los cambios en el Impuesto a las Ganancias y a partir de cuándo estarán disponibles

El objetivo de los anuncios de Luis Caputo y su equipo es simplificar la liquidación del tributo y reducir la carga burocrática al contribuyente. Comenzará a regir desde el mes de julio y servirá para la carga de las declaraciones juradas del periodo fiscal 2025.

El titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, fue el encargado de dar a conocer los detalles de las nuevas medidas económicas, entre ellos los relacionados al nuevo Régimen Simplificado de Impuesto a las Ganancias.

El nuevo esquema comenzará a regir desde el próximo 1 de julio, y estará vigente para la liquidación del periodo fiscal 2025. Es decir, servirá para las declaraciones juradas que los contribuyentes deberán presentar en el primer semestre de 2026.

La intención del gobierno es facilitar los trámites y reducir las obligaciones de aquellos contribuyentes que ya operan el el sistema formal y que están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Supone una modificación en la forma en que se liquida el tributo al momento de elaborar las declaraciones juradas.

Hasta ayer, el esquema vigente de Impuesto a las Ganancias obligaba a declarar en detalle todos los ingresos anuales del contribuyente alcanzado por el tributo, así como los gastos deducibles, los consumos personales, y el detalles del patrimonio del contribuyente al inicio y al cierre del ejercicio fiscal.

En términos prácticos, las modificaciones que se introducen desde el día de hoy son dos:

1) No se requerirá más información sobre consumos y patrimonio. Los consumos personales ya no serán informados a la ARCA y a los vendedores se les reduce sensiblemente la carga de información que deben elevar a la agencia de recaudación.

2) Desde mayo del 2026, las personas que hayan adherido a este régimen encontrarán el monto a pagar de Impuesto a las Ganancias que haya estimado ARCA en la web oficial. Allí mismo podrán aceptar y pagarlo ese monto, o rectificarlo. ARCA pondrá el foco solo en la facturación y los gastos deducibles.

Los anuncios no implican una desgravación de impuestos ni una menor presión impositiva, sino una simplificación de los trámites necesarios para declarar los impuestos, mediante una menor carga burocrática al contribuyente.

Además, si el contribuyente se encuentra adherido al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto a los Bienes Personales (REIBP) y su patrimonio no supera el mínimo no imponible, tampoco deberán declarar para este impuesto la composición de sus activos.

En otras palabras, el cambio sustancial que se introduce es la reducción ostensible de la carga de información que el contribuyente debe aportar a la ARCA al momento de la liquidación del Impuesto a las Ganancias.

No obstante, la no presentación de la documentación al momento de elaborar las declaraciones juradas, no exime al contribuyente de estar alcanzado por los gravámenes, ni de su obligación de conservar la documentación correspondiente en su poder, a fin de poder respaldar en el futuro su posición impositiva y/o patrimonial.

De la misma forma, los anuncios realizados en el día de ayer, no implican una desgravación de impuestos ni una menor presión impositiva, sino una simplificación de los trámites necesarios para declarar los impuestos, mediante una menor carga burocrática para el contribuyente.


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