Combustibles: postergan hasta septiembre la actualización de un impuesto

La decisión se publicó en el Boletín Oficial con las firmas de Fernández, Manzur y Guzmán. Así, el Gobierno busca restarle presión a la inflación.

El Gobierno nacional oficializó la postergación de la actualización de los Impuestos a los Combustibles Líquidos (ICL) y el de los impuestos al Dióxido de Carbono (IDC) hasta septiembre próximo. La decisión, en medio del proceso de aceleración inflacionaria, fue plasmada en el Boletín Oficial a través del Decreto 285/2022.

Se trata de una medida anticipada, teniendo en cuenta que la semana pasada se autorizó una suba de un biocombustible que se utiliza para la mezcla con la nafta y metió mayor presión al precio. De avanzar con la aplicación de los impuestos que postergó el gobierno, hubiese acelerado la necesidad de aumentar los precios en surtidores.

Sin embargo, es preciso señalar que lo que aplazó a septiembre el gobierno son los incrementos de todo el 2021, y del primer trimestre de este año. Con lo cual, no solo el Estado deja de recaudar millonarias sumas, sino que los aumentos se siguen acumulando.

Si bien el decreto fija que estos aumentos atrasados “surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de septiembre de 2022, inclusive”, lo más probable es que en septiembre se vuelva a postergar una importante parte, o todos los impuestos. De aplicarlo de una sola vez, causaría una fuerte presión en los surtidores y, como siempre, las petroleras lo trasladarían a los consumidores.

El decreto, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el ministro de Economía, Martín Guzmán, hace referencia a los incrementos en los montos de impuesto fijados en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del primer párrafo del artículo 7° y en el primer párrafo del artículo 11, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966.

De esta manera, seguirá cayendo en términos reales el dinero que va al fisco como porción de cada litro de nafta o gasoil pagados por los consumidores en las estaciones de servicio.

La ley indica que el Gobierno debe ir actualizando los montos por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministra el Indec, considerando los movimientos acumulados desde el mes de enero de 2018.


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