Inocencia Fiscal: el blanqueo silencioso para sacar los dólares del colchón, como funciona?
Sin tasa, sin exteriorización formal y con un Congreso que aún debate sus reglas, el Gobierno apuesta a esta ley para movilizar unos u$s170.000 millones que hoy están fuera del sistema.
La Argentina vuelve a discutir cómo convencer a los ahorristas de sacar los dólares del colchón.
La Argentina vuelve a discutir cómo convencer a los ahorristas de sacar los dólares del colchón. Esta vez el vehículo no es un blanqueo clásico, sino la Ley de Inocencia Fiscal (27.799).
Esta ley no exige declarar el origen de los fondos, sino que blinda al contribuyente frente al fisco si cumple con la presentación de la declaración jurada simplificada de Ganancias.
Cómo funciona hoy el mecanismo
El esquema opera a través del Régimen Simplificado de Ganancias: ARCA precarga el Formulario 2711, el contribuyente acepta y paga, y obtiene de esta manera el «tapón fiscal». El tapón fiscal es una presunción de exactitud que cubre el período base y los tres ejercicios previos, sin analizar movimientos patrimoniales o consumos personales.
Actualmente, este tapón puede caerse si se cumple con alguna de las causales de discrepancia significativa: que la impugnación de la declaración jurada por parte de ARCA genere una diferencia por un porcentaje no inferior al 15% respecto de lo declarado, que la diferencia entre el impuesto declarado y el que resulte de la impugnación supere el monto del Régimen Penal Tributario para la evasión simple, hoy $100.000.000 y la última: el uso de facturas u otros documentos apócrifos.
Una vez cumplido con el Régimen Simplificado, el dinero que quiera ingresarse debe ser canalizado por el sistema financiero formal —ya sea en el origen o el destino de la operación—. Teniendo como única excepción a la compra de inmuebles, que puede seguir pagándose en efectivo.
En este orden de ideas, ARCA aumentó el piso a $10 millones mensuales, para los reportes automáticos de operaciones bancarias a informar por parte de las entidades financieras. Por su parte el BCRA y la UIF instruyeron a los bancos a no exigir el origen de fondos en depósitos por debajo de los 40 salarios mínimos (unos u$s10.000 aproximadamente).
Los cambios que se debaten en el Congreso
El anteproyecto que el Gobierno remite esta semana a la legislatura apunta a destrabar el ingreso masivo de fondos y brindar precisiones a los contribuyentes.
Se eliminan los topes de $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio que hoy dejan afuera a buena parte de los contribuyentes ya que son uno de los requisitos para poder acceder al régimen simplificado, y sube a rango de ley la obligación de canalizar operaciones por el sistema financiero formal.
A su vez, modifica la primera causal de discrepancia significativa: La diferencia del 15% mencionada, debe superar el 5% del mínimo de Evasión simple del RPT, es decir $5.000.000. También establece un plazo de 15 días para rectificar la declaración sin perder el beneficio y la carga de la prueba pasa ahora a estar en cabeza de ARCA.
El cambio más técnico está en las facultades que el fisco tiene en materia de presunciones, las cuales se encuentran en el artículo 18 de la ley de procedimiento tributario: hoy solo se excluye el inciso f) de este artículo, incrementos patrimoniales no justificados como fundamento de discrepancia significativa; el proyecto además incluye el inciso g), el cual se basa en depósitos bancarios que superen los ingresos declarados. Por último, los incisos restantes del artículo de presunciones, solo pueden utilizarse como fuente para corroborar el incumplimiento, no como fundamento exclusivo, es decir ARCA no puede hacer caer el tapón fiscal basándose solo en presunciones.
Qué lo diferencia del último blanqueo
El Régimen de Regularización de Activos de 2024 fue un blanqueo clásico: exigía declarar bienes y fondos ocultos, pagaba una tasa progresiva de entre el 5% y el 15%, y permitió depositar u$s22.165 millones. El régimen de Inocencia
Fiscal no cobra tasa ni exige exteriorizar activos: blinda indirectamente la declaración de Ganancias. El beneficio es más discreto, pero menos contundente como refugio total: no equivale a una amnistía explícita.
Beneficios y riesgos de adhesión
Entre los beneficios se destaca: costo cero de ingreso, prescripción reducida de 5 a 3 años para contribuyentes cumplidores, y un organismo fiscal que ya frena controles puertas adentro sobre los adheridos.
Los riesgos son concretos, especialistas piden cautela hasta la reforma, porque conviven contradicciones entre la ley, el decreto y la práctica de las agencias regionales.
Un punto clave: aunque el BCRA y la UIF flexibilizaron el trato de los bancos, la normativa antilavado (Ley 25.246) no se modificó; los sujetos obligados mantienen intacta la debida diligencia y el reporte de operaciones sospechosas, y la adhesión al régimen simplificado de ganancias solo es un «antecedente favorable», no una dispensa.
A esto se suma la incertidumbre eleccionaria de cara a 2027 con lo cual hasta que este proyecto del gobierno sea sancionado como ley y dote de seguridad y previsión suficiente a los contribuyentes, se sugiere esperar antes de mover los dólares del colchón.
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La Argentina vuelve a discutir cómo convencer a los ahorristas de sacar los dólares del colchón. Esta vez el vehículo no es un blanqueo clásico, sino la Ley de Inocencia Fiscal (27.799).
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